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Judicial

Ordenan extinción de dominio sobre una propiedad de René Higuita por presuntos vínculos con el Cartel de Medellín

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La justicia colombiana ordenó la extinción de dominio sobre un inmueble ubicado en el barrio El Poblado, en Medellín, propiedad del exfutbolista René Higuita y un familiar, al determinar que el bien fue adquirido con recursos provenientes del narcotráfico y estuvo vinculado a una red de testaferrato ligada al Cartel de Medellín.

La medida fue adoptada por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Medellín tras un proceso judicial que evaluó pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación. La decisión afecta un predio que Higuita consideró durante años como el principal proyecto familiar de su vida.

El proceso judicial y la investigación sobre la vivienda

De acuerdo con la Fiscalía General de la Nación, la propiedad quedó bajo la lupa de las autoridades tras establecerse que fue adquirida inicialmente por Gustavo Cuartas Rendón, que habría actuado como testaferro de los hermanos William y Gerardo “Kiko” Moncada, integrantes del Cartel de Medellín, que coordinaron rutas de narcotráfico y administraron propiedades de Pablo Escobar.

La Fiscalía demostró que el inmueble, de aproximadamente 1.253 metros cuadrados, fue adquirido con fondos ilícitos y transferido sucesivamente hasta quedar registrado a nombre de René Higuita y un familiar.

La investigación concluyó que la vivienda de 1.253 metros cuadrados fue comprada con fondos ilícitos y transferida hasta quedar a nombre de René Higuita y un familiar.

La investigación concluyó que la vivienda de 1.253 metros cuadrados fue comprada con fondos ilícitos y transferida hasta quedar a nombre de René Higuita y un familiar – crédito X
Durante el juicio, la Fiscalía presentó testimonios, documentos y dictámenes periciales. Entre las pruebas, se destacó un estudio grafológico que determinó la falsedad de una firma en una escritura pública.

Este elemento permitió identificar las maniobras empleadas para encubrir la verdadera procedencia del bien. La investigación reconstruyó la cadena de transferencias, confirmando que la vivienda formó parte de un esquema de ocultamiento de bienes provenientes del narcotráfico.

El argumento de la defensa de Higuita

René Higuita, ídolo del fútbol colombiano, ha sostenido públicamente que adquirió la propiedad de buena fe y sin conocimiento de su historial ilícito. En declaraciones recogidas por El Colombiano y El Tiempo, Higuita explicó que la negociación se realizó a través de un amigo y que la vivienda fue habitada por su familia en los años noventa, cuando él formaba parte del Atlético Nacional.

Según Higuita, entregó dos apartamentos como parte de la transacción y nunca tuvo contacto directo con los hermanos Moncada ni con el supuesto testaferro Gustavo Cuartas Rendón.

La Fiscalía sostuvo que el inmueble fue adquirido inicialmente por Gustavo Cuartas Rendón como presunto testaferro de William y Gerardo “Kiko” Moncada, integrantes del Cartel de Medellín.

“El negocio me lo hace un compadre, con la señora representante de los dueños de la casa”, relató el exarquero, que señaló que los problemas judiciales comenzaron tras recibir una demanda relacionada con el predio.

El propio Higuita afirmó: “En algún momento también me tiraron una granada”, al referirse a las amenazas que lo llevaron a dejar la vivienda antes de concluir el proceso legal.

Judicial

Inadmiten en Colombia a cinco extranjeros por turismo sexual y minería ilegal

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*Uno de los casos es el de un peruano, que según Migración Colombia, manifestó su intención de trabajar en explotaciones auríferas ilegales ubicadas en los municipios de Segovia y Mutatá.

Migración Colombia reforzó los controles en el Aeropuerto Internacional José María Córdova y, durante la última semana, inadmitió a cinco ciudadanos extranjeros que pretendían ingresar al país por diferentes irregularidades, varias de ellas relacionadas con delitos de alto impacto como la explotación sexual de menores y la minería ilegal.

Uno de los casos corresponde a una ciudadana estadounidense que registraba una alerta en la plataforma internacional Angel Watch, sistema que identifica a personas condenadas o investigadas por delitos sexuales contra menores.

Tras verificar la información durante el procedimiento migratorio, los oficiales le negaron el ingreso al país y ordenaron su retorno inmediato a Estados Unidos. Según Migración Colombia, es la segunda mujer inadmitida este año por este motivo.

Las autoridades también rechazaron el ingreso de tres ciudadanos extranjeros, procedentes de Estados Unidos, luego de establecer que su verdadero propósito de viaje era realizar turismo con fines de explotación sexual.

Durante las entrevistas migratorias, los funcionarios detectaron inconsistencias en sus versiones y encontraron evidencias de vínculos con itinerarios, contactos y agencias que promueven este tipo de actividades, consideradas una amenaza para la seguridad de la población y la imagen internacional de Medellín.

En otro procedimiento, un ciudadano peruano fue inadmitido al comprobarse que pretendía desarrollar actividades laborales sin contar con la visa exigida por la normativa colombiana.

Durante la entrevista migratoria, el hombre manifestó su intención de trabajar en explotaciones auríferas ilegales ubicadas en los municipios de Segovia y Mutatá, en Antioquia, donde planeaba desempeñarse en minas que no figuran en el Registro Minero Nacional.

La directora de Migración Colombia, Gloria Esperanza Arriero López, señaló que la entidad ha fortalecido la capacitación de sus funcionarios para identificar oportunamente a extranjeros que puedan representar riesgos para la seguridad de niños, niñas, adolescentes y mujeres, así como para prevenir delitos como la explotación sexual, la trata de personas, las afectaciones al orden público y actividades ilícitas como la minería ilegal.

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Condenan a congresista que obligaba a sus trabajadores a entregarle parte del salario recibido

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*La entonces congresista aprovechó su poder de libre nombramiento y remoción para obligar a algunos de sus colaboradores a entregar parte de sus ingresos como condición para conservar sus empleos o acceder a mejores cargos.

La excongresista del Centro Democrático, Tatiana Cabello Flórez, fue condenada en primera instancia a 12 años de prisión por haber pedido parte del salario a cinco de los integrantes de su Unidad de Trabajo Legislativo, UTL.

De acuerdo con la sentencia emitida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, los hechos ocurrieron durante el ejercicio de su cargo como representante a la Cámara, entre 2014 y 2017.

La entonces congresista aprovechó su poder de libre nombramiento y remoción para obligar a algunos de sus colaboradores a entregar parte de sus ingresos como condición para conservar sus empleos o acceder a mejores cargos. La excusa era que esos dineros serían usados para el mismo desarrollo de las actividades políticas y de campaña, sin embargo esto no se demostró.

La investigación estableció que Cabello no recibía directamente todo el dinero, sino que utilizaba intermediarios de confianza, entre ellos su asesora Luisa Fernanda Puerto Vela y su conductor Hernando Barón Ayala, quienes recibían pagos en efectivo, mediante transferencias bancarias o bajo la apariencia de gastos de una supuesta «caja menor».

Además, según la sentencia, la excongresista recurrió a aplicaciones de mensajería que eliminaban automáticamente las conversaciones y, cuando comenzaron las investigaciones, intentó justificar los pagos como préstamos personales e hizo firmar documentos de confidencialidad a algunos de sus colaboradores.

Las víctimas fueron Luisa Fernanda Puerto Vela, Lina Marcela García Pinto, Nelsy Tirado Chacón, Sonia Astrid Blanco Reyes y Daniela Salazar Puerto. En algunos casos, como el de Daniela Salazar, las exigencias llegaron a representar casi la totalidad del salario devengado.

Como parte de la reparación de los perjuicios ocasionados, la sentencia ordenó indemnizar a las víctimas por las siguientes sumas:

Luisa Fernanda Puerto Vela: $112.731.867.
Lina Marcela García Pinto: $3.707.150 por perjuicios materiales, además de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes por perjuicios morales.Nelsy Tirado Chacón: $51.176.310.
Sonia Astrid Blanco Reyes: $741.926.996.
Daniela Salazar Puerto: $32.840.193 por perjuicios materiales, además de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes por perjuicios morales.

Así mismo, la Corte ordenó que Cabello pague multa equivalente a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el momento de los hechos y le negó la posibilidad de acceder a la suspensión condicional de la pena o a la prisión domiciliaria, por lo que deberá cumplir la condena en un establecimiento carcelario.

Por otra parte, tampoco podrá ejercer cargos públicos por cerca de 9 años. Ahora el proceso podrá ser apelado y según sea la decisión en segunda instancia, se ordenará su captura inmediata y el Inpec definirá el centro de reclusión al que será enviada.

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Petro firma decreto que reactiva extradición de alias ‘Chiquito Malo’, líder del Clan del Golfo

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El presidente Gustavo Petro anunció que firmó el decreto que deja sin efecto la suspensión de la orden de extradición de Jobanis de Jesús Ávila, alias ‘Chiquito Malo’, señalado máximo comandante del Clan del Golfo, por lo que, en caso de ser capturado, deberá ser enviado a Estados Unidos.

La decisión marca un giro frente al proceso de acercamientos que adelantaba el Gobierno con esa organización criminal. En el mismo mensaje, el mandatario confirmó además la captura de alias ‘El Zarco’, otro presunto cabecilla.

El pronunciamiento se conoce luego de que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia emitiera concepto favorable para la extradición de ‘Chiquito Malo’, quedando la decisión en manos del jefe de Estado.

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