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Fiscalía

Condenado cabecilla del Clan del Golfo por ola de homicidios en el Magdalena Medio en el 2022

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En el año 2022 el hoy condenado ordenó la ejecución de al menos, 22 asesinatos, en esta zona del país.

Luego de avalar el preacuerdo realizado por la Fiscalía General de la Nación y Jaiber Alexander Mejía Úsuga, alias Israel o El Ingeniero; un juez especializado de conocimiento de Cartagena lo condenó a 24 años de prisión, por su responsabilidad en una ola de homicidios ocurrida entre enero y agosto de 2022, en Magdalena Medio
Este cabecilla de la subestructura Luis Alfonso Echavarría, del Clan del Golfo, habría ordenado la ejecución de 22 asesinatos, como parte del control territorial en esta zona del país.

En ese sentido, fue declarado responsable de los delitos de concierto para delinquir, y homicidio, ambas conductas agravadas; además fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos.

Una fiscal de la Dirección de Apoyo Territorial (DAT), acreditó que por orden de altos mandos del grupo armado, ‘Israel’ direccionó a otros integrantes de la subestructura para mantener el control en San Pablo y Simití (Bolívar); y Puerto Wilches y Barrancabermeja (Santander).
En cumplimiento de estas instrucciones determinó la comisión de los 22 homicidios en los municipios mencionados; algunos de ellos bajo la modalidad de sicariato, por el control del tráfico local de estupefacientes en la región.

Otros hechos, se presentaron mediante emboscadas en zona rural, estas acciones iban dirigidas a las Fuerzas Armadas. Por último, la modalidad de retención, en la cual sus víctimas eran acusadas de financiar grupos al margen de la ley.

En su decisión, el juez además le impuso una multa de 1.350 salarios mínimos mensuales vigentes.

Fiscalía

Para la cárcel nueve personas involucradas en el robo de 496 mil millones de pesos de recursos de regalías

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*La estructura habría suscrito 101 contratos con entidades públicas y posteriormente subcontratado con empresas fachada, firmas de papel y personas cercanas, desconociendo los requisitos establecidos en la contratación estatal.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías de Bogotá impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario a nueve presuntos integrantes de la Asociación de Municipios del Caribe (Aremca), investigados por su posible participación en un entramado de corrupción que habría permitido la apropiación irregular de recursos del Sistema General de Regalías mediante la celebración y
ejecución de contratos presuntamente contrarios a la ley.

Los judicializados son el exrepresentante legal de Aremca, Gustavo Bolaño Pastrana; las representantes legales y tesorera Emilia María Álvarez Guerrero y Dayana Ramos Guerrero; los coordinadores Andrés David Sáez Miranda, Javier Antonio Ramírez Manzola, Liliana Urán Germán, Rafael Antonio Flórez Franco y Fredy Francisco Borelly Salazar; y Luis Alfredo Soto Caraballo, señalado de actuar como enlace con terceros.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción imputó a estas personas los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, prevaricato por acción, prevaricato por omisión, enriquecimiento ilícito de particulares, peculado por apropiación y concierto para delinquir agravado.

De acuerdo con los elementos materiales probatorios recaudados, entre 2020 y 2026, Aremca suscribió 101 contratos con gobernaciones y alcaldías por cerca de 496.000 millones de pesos provenientes del Sistema General de Regalías.

Los recursos estaban destinados a la ejecución de obras civiles y al desarrollo de proyectos agrícolas, ambientales, tecnológicos y de seguridad alimentaria.

Las mencionadas iniciativas habrían sido ejecutadas mediante órdenes de servicio y subcontrataciones con empresas fachada, firmas de papel y otras personas relacionadas con la organización, en contravía de las disposiciones que regulan la contratación pública.

Entre las irregularidades detectadas figuran procesos contractuales sustentados en manuales internos, ausencia de estudios previos suficientes, direccionamiento de contratistas a través listados cerrados de proveedores y la vinculaciones por prestación de servicios para ejecutar actividades relacionadas con obras, suministros y alquiler de maquinaria.

La Fiscalía evidenció que, pese a que los estatutos de Aremca limitaban el ámbito de actuación a los departamentos de la región Caribe, la Asociación habría desarrollado actividades contractuales en Arauca, Cauca, Caquetá, Caldas, Casanare, Cundinamarca, Chocó, Norte de Santander y Santander.

En dos oportunidades asignó a la Asociación de Municipios del Golfo de Morrosquillo y Córdoba proyectos de interventoría sobre obras proyectadas en Clemencia (Bolívar) y San Andrés, sin tener en cuenta las restricciones de ley.

De otra parte, se conoció que en 23 contratos, al parecer, se configuró un enriquecimiento ilícito en favor de los contratistas por aproximadamente 14.235 millones de pesos. También se investigan posibles apropiaciones indebidas de recursos públicos relacionadas con el manejo de anticipos y la ejecución contractual.

Finalmente, fueron identificadas anomalías asociadas a la omisión en el cobro de 6.913 millones de pesos por concepto de impuestos territoriales y a la falta de retención de cerca de 14.000 millones de pesos correspondientes a la contribución de obra pública destinada al Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon).

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Implicados en el asesinato de un pastor religioso y su familia serán condenados a prisión

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*Enfrentarán penas superiores a los 17 años de prisión por los delitos de homicidio agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado.

Jorge Luis Valderrama Cuba y Leonardo de Jesús Barraza Castillo aceptaron mediante preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación su responsabilidad en los hechos ocurridos el 29 de diciembre de 2024, en Aguachica (Cesar), en los que fueron asesinados un pastor religioso, su esposa y dos hijos.

De acuerdo con la investigación liderada por un fiscal especializado de la Delegada para la Seguridad Territorial, estas dos personas se desplazaron desde Barranquilla (Atlántico) hasta Aguachica, donde se reunieron con otros dos hombres y coordinaron la ejecución del crimen.

Posteriormente, los cuatro involucrados llegaron a un restaurante en dos motocicletas y un automóvil.

Uno de ellos descendió del vehículo, ingresó al establecimiento de comercio y disparó contra las víctimas. Tres de ellas fallecieron en el lugar, una más fue trasladada a un centro asistencial y allí murió dos días después.

Videos de cámaras de seguridad y otras pruebas recopiladas dan cuenta de que Valderrama Cuba y Barraza Castillo se encargaron de conducir las motocicletas utilizadas para realizar seguimientos al pastor religioso y transportar al autor material del ataque.

Una juez penal de conocimiento de Aguachica avaló los preacuerdos celebrados.

En consecuencia, los dos procesados serán condenados a penas superiores a 17 años de prisión por los delitos de homicidio agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado, en calidad de cómplices.

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Fiscalía imputa a docente y funcionario del Gimnasio Los Laureles por muerte de Valeria Afanador

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*Como consecuencia de estos hechos, la Gobernación de Cundinamarca ordenó la cancelación de la licencia de funcionamiento del Colegio Gimnasio Los Laureles, medida que se hará efectiva una vez concluya el calendario académico de 2026.

La Fiscalía General de la Nación imputó el delito de homicidio culposo a Emely Fuentes y a Danny Javier Ochoa, encargado del área de infraestructura del colegio Gimnasio Los Laureles de Cajicá, Cundinamarca, dentro de la investigación por la muerte de Valeria Afanador, la menor de 10 años que desapareció de la institución educativa y posteriormente fue hallada sin vida en inmediaciones del río Frío.

Según la Fiscalía, los dos procesados habrían incumplido sus deberes de cuidado y vigilancia, permitiendo una serie de omisiones que facilitaron que la niña abandonara el plantel educativo sin ser detectada. El ente acusador señaló que el 12 de agosto de 2025 Valeria se encontraba en horario normal de clases y no existía ninguna actividad externa o tiempo de descanso autorizado cuando salió del salón.

“Los estudiantes tenían previsto su tiempo de descanso a las 10:05 de la mañana. Sin embargo, la menor salió del aula de clase a las 9:54, mientras se encontraba bajo la supervisión de la docente Emily Fuentes, quien tenía asignada su vigilancia, acompañamiento, supervisión y cuidado”, expuso la Fiscalía durante la audiencia.

De acuerdo con la investigación, la menor permaneció sin supervisión efectiva durante varios minutos. Las cámaras de seguridad registraron que a las 10:06 de la mañana se desplazó por una zona cercana a la cerca viva del colegio y posteriormente dejó de ser visible.

Para la Fiscalía, la estudiante logró salir del establecimiento “a través de un espacio abierto existente en la malla perimetral, accediendo así a la zona exterior colindante con el cauce del río”, situación que derivó en el desenlace fatal.

El ente investigador sostuvo que dicha abertura en el cerramiento no era una falla reciente, sino una situación conocida dentro de la institución. Por ello también fue imputado Danny Javier Ochoa, encargado del área de infraestructura y responsable del mantenimiento de las instalaciones.

La Fiscalía aseguró que “tenía conocimiento previo del deterioro y de la existencia de aberturas en la malla perimetral, situación que le había sido informada por el personal de seguridad, sin que se adoptara ninguna medida efectiva para su reparación, cerramiento o aseguramiento”.

En la sustentación de la imputación, la Fiscalía concluyó que “tanto la docente Emily Vivian Fuentes Hernández en su calidad de garante respecto al cuidado directo de la menor, como el señor Danny Javier Ochoa, en su condición de garante de las condiciones de seguridad física del establecimiento, incurrieron en la infracción del deber objetivo de cuidado”, al considerar que las omisiones permitieron que la niña permaneciera sin control y se desplazara hacia una zona de alto riesgo.

Las investigaciones establecieron que Valeria falleció por insuficiencia respiratoria tras ingerir agua y barro luego de caer al río Frío, ubicado junto al perímetro de la institución educativa. Como consecuencia de estos hechos, la Gobernación de Cundinamarca ordenó la cancelación de la licencia de funcionamiento del Colegio Gimnasio Los Laureles, medida que se hará efectiva una vez concluya el calendario académico de 2026.

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