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Juez ordena a Gobierno suspender provisionalmente bombardeos si hay información sobre menores

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Una decisión judicial ordenó al Gobierno de Abelardo De La Espriella abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas contra campamentos de grupos armados cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niño utilizados por esas organizaciones.

La medida cautelar fue dirigida a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional, cada uno dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

La orden estará vigente mientras se adopta una decisión de fondo dentro de la acción de tutela y establece que, antes de realizar una operación aérea, las autoridades deberán adoptar y verificar las medidas de precaución y protección necesarias cuando exista información sobre la presencia de menores.

De acuerdo con la decisión, una operación solo podría ejecutarse si, a partir de la información disponible y de los protocolos operacionales aplicables, se determina que no existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo.

La medida judicial se conoce después de los recientes operativos militares contra las disidencias de alias Calarcá, particularmente el realizado en El Retorno, Guaviare, que dejó 10 integrantes de esa estructura muertos.

De los cuerpos recuperados tras el operativo, Medicina Legal logró identificar nueve. Entre ellos fueron encontrados tres menores de edad, de 15 y 16 años, según la información conocida sobre el procedimiento.

El hallazgo puso nuevamente en el centro del debate el uso de menores de edad por parte de grupos armados y las consecuencias que tiene su presencia en zonas utilizadas como campamentos o lugares de operación de las estructuras ilegales.

La decisión judicial establece precisamente que la Fuerza Pública deberá considerar esta circunstancia antes de ejecutar bombardeos. No se trata únicamente de una sospecha sobre la presencia de menores, sino de que exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable que permita establecer que niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por grupos armados pueden encontrarse en el objetivo.

La medida representa un cambio importante para la política de seguridad del Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella, quien, en el primer mes de su administración, ha ordenado una política ofensiva contra las estructuras armadas ilegales. En ese periodo se han registrado cuatro bombardeos, de acuerdo con la información expuesta en torno a las operaciones militares.

El ataque en Guaviare es el que generó la actual discusión por la muerte de los menores.

El presidente había defendido los bombardeos y había sostenido que la responsabilidad por la presencia de menores en estos lugares recaía en los grupos armados que los reclutan y utilizan, incluso como escudos humanos.

Sin embargo, la decisión judicial introduce una obligación concreta para las Fuerzas Militares: antes de realizar una operación aérea ofensiva deberán establecer si existe información sobre la presencia de menores y, de ser así, evaluar medidas de protección y alternativas menos lesivas.

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Lo pillan por presunto acto sexual violento contra una adolescente en el Atlántico

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*Fue trasladado a la URI de la Fiscalía en Barranquilla. Los hechos ocurrieron el pasado 2 de octubre, en Puerto Colombia.

Juan Álvarez Torres, dueño del terreno donde funciona Kilymandiaro, en Puerto Colombia, fue capturado en la mañana de este martes en el barrio Villa Santos por funcionarios del CTI de la Fiscalía.

Álvarez Torres tenía una orden de captura por el delito de acto sexual violento tras ser denunciado por el presunto acoso sexual del que habría sido víctima una adolescente surfista, de 16 años, en hechos ocurridos el pasado 2 de octubre en el centro vacacional.

«Nos encontramos con Juancho afuera, estábamos hablando normal hasta que me agarra del brazo y me mete a su oficina, me dice que lo acompañe para decirme algo. Yo nunca me imagine nada malo, siempre lo consideré mi tío”, relató la joven.

Una vez dentro de la oficina, según relata la menor, le pidió que se sentara y fue allí cuando presuntamente empezó hacerle preguntas de su vida íntima cómo si había terminado con su novio y si tenía relaciones con él.

“Las preguntas se volvieron cada vez más sexuales e inapropiadas. A todas respondí incómoda y diciéndole que ya me tenía que ir, pero él me dijo que esperara, que solo estábamos hablando. Luego me dice que ya tengo 16 años, que yo puedo tener relaciones sexuales con él”, narró la adolescente en sus redes sociales.

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“Arritmia cardíaca por descargas eléctricas”: Necropsia sobre muerte de joven en procedimiento policial

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*A los policías capturados les imputarán homicidio y tortura agravada.

La Fiscal Delegada para la Seguridad Territorial, Deicy Jaramillo Rivera, reveló las causas que le produjeron la muerte al joven afrodescendiente Donovan Balanta Paz, quien murió en medio de un procedimiento policial el pasado 20 de septiembre en el barrio Caracolí, en el sur de Bogotá.

“Medicina Legal manifiesta que la muerte se produce por una arritmia cardíaca por descargas eléctricas. Adicionalmente presentaba quemaduras y otras lesiones en el cuerpo de la víctima, a quien se le aplicó un Taser”, dijo la funcionaria en una rueda de prensa este lunes en Bogotá.

La funcionaria señaló que al momento de los hechos los uniformados que estaban presentes tenían tres pistolas Taser, de las cuales dos fueron activadas y se “le colocó en varias oportunidades, tanto al momento de su aprehensión como cuando estaba en la estación de Policía”.

La Fiscal explicó en detalles cómo ocurrieron los hechos.

“En el lugar se generó un enfrentamiento entre vecinos. A ese lugar concurren uniformados y Donovan Balanta. En el sitio, el joven es señalado de haber lanzado un objeto contra el grupo de los agentes de Policía, por lo que el joven es perseguido y capturado”, detalló.

Tres de los policías ya fueron trasladados al Búnker de la Fiscalía.

Explicó que en el lugar se generó un enfrentamiento entre los uniformados y los civiles. En medio de la situación Donovan fue supuestamente golpeado por los policías y adicionalmente le produjeron descargas eléctricas con las pistolas Taser.

“Estando en la estación de Policía, continúan los golpes y las agresiones de los funcionarios contra el civil y allí solicitaban auxilio (otro recluso) para su intervención teniendo en cuenta los golpes y la situación en la que se encontraba, auxilio que fue prestado de forma tardía”, precisó Jaramillo Rivera.

Cuando se le prestó el auxilio, el joven ya se encontraba en mal estado y cuando fue llevado a una clínica se produjo su muerte.

“Cerca de 20 minutos después, luego de perder el conocimiento, el hombre fue llevado a un hospital, donde falleció en la noche del 20 de septiembre”, precisó la Fiscalía.

Por estos hechos, la Fiscalía materializó cuatro órdenes de captura contra un Mayor, un Subintendente y dos patrulleros en el municipio de Soacha (Cundinamarca) y Barbosa (Santander).

La Fiscalía precisó que le imputará, de acuerdo con la posible responsabilidad y participación individual, los delitos de homicidio y tortura, ambas conductas agravadas.

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Juez ordena al Museo Nacional que conserve la totalidad de las piezas retiradas por MinCultura

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*La decisión también prohíbe destruir, alterar, trasladar fuera de las instalaciones o devolver a terceros las piezas retiradas.

El juzgado 24 de familia de Bogotá ordenó al Museo Nacional de Colombia conservar la totalidad de las piezas que fueron retiradas de sus exposiciones en medio de la controversia por la decisión del Gobierno de sacar elementos relacionados con el feminismo, las comunidades LGBTQ+ y el conflicto armado. La medida provisional estará vigente mientras se resuelve de fondo una acción de tutela.

La decisión, firmada por el juez César Enrique Osorio, también prohíbe destruir, alterar, trasladar fuera de las instalaciones o devolver a terceros las piezas retiradas. Además, el despacho ordenó preservar los documentos relacionados con el retiro y entregar un informe detallado sobre los elementos afectados en un plazo de 24 horas desde la notificación de la providencia.

La medida busca preservar los elementos que fueron retirados de las salas de exposición mientras avanza el estudio de la tutela. En el documento, el juzgado considera que es necesario adoptar medidas urgentes para evitar daños que puedan afectar los derechos relacionados con la memoria histórica, la verdad, la reparación simbólica y la libertad de expresión artística.

Por esa razón, el Museo Nacional deberá mantener las piezas en condiciones técnicas adecuadas de custodia y conservación. La institución tampoco podrá retirar, desmontar o intervenir otras piezas de las exposiciones por razón de su contenido sin que existan actos administrativos que justifiquen esas decisiones.

El despacho también dispuso preservar los inventarios, registros de movimiento, guiones museográficos, actas, correos electrónicos, comunicaciones y demás documentos relacionados con el retiro de las piezas.

Dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la decisión, el Museo Nacional deberá remitir al juzgado un informe detallado con el listado completo de las piezas retiradas de las exposiciones y del jardín en memoria de Miguel Ángel Díaz.

El documento deberá precisar la ubicación actual de cada elemento, su estado de conservación y la autoridad o dependencia que ordenó su retiro.

Además, el juzgado admitió la acción de tutela presentada por Gabriel Becerra Yáñez, secretario general de la Unión Patriótica; Jorge Virviescas, integrante del colectivo León Zuleta, y Kevyn Muñoz Torres, integrante del colectivo Revolución en Rosa.

La acción fue admitida contra el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y el Museo Nacional de Colombia. Ambas entidades tienen un día hábil, contado desde la notificación efectiva, para pronunciarse y aportar las pruebas y documentos correspondientes.

El juzgado también solicitó información sobre los actos administrativos que autorizaron la exhibición de las piezas y aquellos que sustentaron su retiro. Asimismo, vinculó al trámite a otras entidades y organizaciones, y al presidente Abelardo De La Espriella, para que puedan pronunciarse sobre la tutela.

 

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