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Procuraduría destituyó e inhabilitó por 10 años al excanciller Álvaro Leyva

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La Procuraduría General destituyó e inhabilitó por 10 años al excanciller Álvaro Leyva, tras hallarlo responsable de incurrir en faltas gravísimas cuando, en 2023, revocó licitación para la expedición de pasaportes, argumentando irregularidades en el proceso.

“La conducta del ministro Leiva Durán, evidenció un actuar contrario a las reglas y principios que rigen los procesos de la selección contractual, determinándose a declarar desierta licitación pública de pasaportes cuando conoció que existía un oferente habilitado para la publicación, situación que generó un proceso y desgaste administrativo que como máximo jerarca de la cancillería públicamente desconoció las calidades del proponente calificado y puso en riesgo los derechos de los connacionales, contrario a sus deberes funcionales que le obligaban a desempeñarse como un gerente público que diera ejemplo de responsabilidad, eficiencia, eficacia en el cumplimiento de su gestión”, se lee en el fallo de sanción.

La Procuraduría General destituyó e inhabilitó por 10 años al excanciller Álvaro Leyva, tras hallarlo responsable de incurrir en faltas gravísimas cuando, en 2023, revocó licitación para la expedición de pasaportes, argumentando irregularidades en el proceso.

“El ministro de Relaciones Exteriores, optó por declarar desierta la solicitación bajo el argumento que se trató de un proceso con un único oferente, lo cual carece de fundamento legal si se tiene que en el ordenamiento jurídico colombiano no existe un veto para que se adjudique el contrato al único oferente en las licitaciones públicas. A su vez, el disciplinado tuvo la oportunidad de corregir ese error, que en su sentido impedía la selección objetiva del contratista. Sin embargo, esperó hasta el informe final de la evaluación para declarar desierta la solicitación”, añade el fallo.

En ese sentido, el órgano de control confirmó que Leyva Durán incurrió en falta gravísima a título de dolo al desconocer con su actuación los principios de transparencia, economía y responsabilidad que regulan la contratación estatal.

Esta decisión representa un duro golpe al presidente Gustavo Petro, pues Leyva Durán no solo es uno de sus colaboradores más cercanos y experimentados en política exterior, sino que, además, es el primer exfuncionario de su Gobierno en recibir una sanción de tal magnitud. La medida genera un precedente en la administración Petro, subrayando los desafíos y tensiones que enfrenta en el ámbito de transparencia y gestión pública.

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Congreso aprueba en último debate proyecto que prohíbe el matrimonio infantil en Colombia

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En último debate, la plenaria del Senado avaló este miércoles un proyecto de ley que prohíbe el matrimonio infantil y las uniones tempranas, tanto entre menores de edad, como entre menores de edad y adultos.

La iniciativa, que había naufragado en ocho oportunidades en el Parlamento, fue liderada por las representantes Jennifer Pedraza (Dignidad) y Alexandra Vásquez (Pacto Histórico). En ella se establece que ningún juez ni notario podrá legalizar un matrimonio que vincule a un menor de edad.

“Con este proyecto se elimina del Código Civil el matrimonio infantil que hasta el día de hoy estaba permitido de los 14 años en adelante con permiso de los padres, lo cual había generado –lamentablemente– un mercado de niños y niñas, quienes eran usados como moneda de cambio para ganado, recursos, lotes y otras transacciones”, destacó Pedraza.

Según la congresista, Colombia ocupa el puesto número 20 en la tasa de matrimonios a nivel mundial. De hecho, se estima que, hasta 2015, al menos una de cada cuatro mujeres (28 %) se había casado antes de cumplir 18 años. A nivel mundial se calcula que diariamente se presentan 33.000 casos de matrimonios infantiles.

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Corte Suprema le negó la libertad al exparamilitar Salvatore Mancuso

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Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar que el Gobierno convirtió en gestor de paz, sufrió un revés en la Corte Suprema de Justicia. Este miércoles la Sala de Casación Penal resolvió un recurso que terminó por ratificar la negativa de su libertad.

El excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia está libre desde el 10 de julio, cuando el Inpec le entregó la boleta de salida de la cárcel La Picota.

Sin embargo, la previa a su excarcelación estuvo desbordada en recursos y maniobras jurídicas con las que sus abogados pretendían desenredar el nudo legal que lo mantenía preso.

Uno de esos recursos –y que este miércoles resolvió la Corte– se remonta a principios de este 2024. Sus abogados pedían la libertad y argumentaban que el exparamilitar había sido designado gestor de paz por el Gobierno. Pero, entonces, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla negó la libertad.

En la decisión, los magistrados le recordaron al exjefe paramilitar las deudas pendientes con las víctimas en el Colombia: tenía 60.000 hechos criminales por los que no había respondido. La decisión de sus abogados fue apelar ante la Corte e intentaron buscar la libertad por otros medios.

La decisión de este miércoles le dio la razón al Tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla. “Debe salvaguardarse la justicia y los derechos de las víctimas de graves violaciones de DD. HH., lo que impide que actualmente se puedan otorgar beneficios excesivos a los máximos responsables de este tipo de conductas” afirmó la Sala.

La Sala criticó el hecho de que Mancuso no tenga “límite” de tiempo para desempeñar sus labores de gestor de paz y afirmó que con ello se envía un mensaje equivocado a las víctimas.

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Presidencia expide decreto de situación de desastre por 12 meses

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La Presidencia expidió este miércoles el decreto 1372 de noviembre de 2024, en el que declara la situación de desastre en todo el territorio nacional por 12 meses.

Esta medida puede ser prorrogable, con previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.

«Mientras esté vigente la situación de desastre y previa evaluación de daños y análisis de necesidades que adelante el respectivo municipio y con observancia del Plan de Acción Específico, las obras de reconstrucción de viviendas, equipamiento y establecimientos de comercio, o infraestructura agropecuaria que haya sido afectada en virtud de los hechos que motivan la presente declaración de desastre, no requerirán la expedición de licencias urbanísticas», se puede leer en el decreto.

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) elaborará un Plan de Acción Específico para la rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas, que será de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas o privadas que deban contribuir a su ejecución, en los términos señalados.

El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres manejará los recursos para la respuesta y recuperación del desastre, los cuales deben ser garantizados por el Ministerio de Hacienda.

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