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Fiscalía

Desmantelan red ilegal señalada de deforestar reserva forestal en Guaviare

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*Fueron judicializados un funcionario y un exfuncionario de la Corporación de Desarrollo Sostenible del Norte y Oriente de la Amazonía CDA, y los beneficiarios de los aprovechamientos forestales.

La Fiscalía General de la Nación puso al descubierto a una organización delictiva que estaría
conformada por funcionarios y particulares, la cual sería la responsable del crecimiento de la tala de bosque nativo y la obtención de madera en áreas de reserva forestal en Calamar y El Retorno (Guaviare).

De la red harían parte el exdirector de la Corporación de Desarrollo Sostenible del Norte y Oriente de la Amazonía (CDA), Luis Orlando Castro Acosta; el actual servidor de la CDA, Carlos Andrés Quintero Sánchez; y los beneficiarios de los aprovechamientos forestales, identificados como Jhonathan Ortiz Villamil y Juan Andrés Sánchez.

Los elementos materiales probatorios dan cuenta de que estas personas se habrían concertado para duplicar la expedición de permisos para el aprovechamiento forestal y así aumentar las cantidades de madera que se podían extraer en determinados puntos, sobrepasando los límites permitidos por la ley.

En ese sentido, se conoció que el exdirector de la CDA, al parecer, autorizó y emitió nueve salvoconductos de movilización que no cumplían la reglamentación vigente, teniendo en cuenta que se encontraban por fuera del volumen total avalado para transportar especies maderables obtenidas en zonas de gran Importancia ecológica, superando el límite por más de 108,3 metros cúbicos.

Las especies maderables más afectadas por este aprovechamiento irregular fueron el cedro achapo, el dormidero negro, el dormidero blanco y el botagajo.

Por todo lo anterior, una fiscal de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente imputó al exfuncionario y al funcionario los delitos de financiación a la deforestación y abuso de la función pública; y a los particulares el delito
aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables. Ortiz Villamil aceptó el cargo en su contra.

Fiscalía

Condenan a integrantes de un grupo delictivo que explotaba a niños indígenas: los obligaban a mendigar

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*Utilizaban a los menores de edad durante jornadas que se extendían hasta la madrugada para solicitar pañales, leche y otros productos que posteriormente eran revendidos en establecimientos de comercio.

Mediante preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación, siete integrantes de un grupo delincuencial aceptaron su responsabilidad en la explotación de niños y niñas indígenas para actividades de mendicidad en el sector de El Poblado, en Medellín (Antioquia).

Los involucrados son Ana Lucía López Sánchez y los ciudadanos venezolanos Ángela del Valle Valera Graterol, Milagros del Valle Sira Espinoza, Nahomi Karlais López Goyo, Yajaira Alejandra Hernández Correa, Yosmairi Coromoto Barrios y Wilfreddy Johan Godoy Villamizar.

En el curso de la investigación fueron documentados 10 eventos delictivos ocurridos entre 2024 y 2025, en los que estas personas cumplieron diferentes roles en la instrumentalización de menores de edad de la comunidad indígena Emberá Katío para solicitar a turistas nacionales y extranjeros la compra de pañales, leche y otros productos, los cuales eran comercializados posteriormente.

López Sánchez, propietaria de un establecimiento comercial, era una de las compradoras de los elementos de primera necesidad entregados por ciudadanos que daban muestras de generosidad, y coordinaba su reventa para obtener dinero.

Por su parte, López Goyo, Valera Graterol, Coromoto Barrios y Sira Espinoza recorrían diferentes sectores con bebés en brazos, exhibiendo carteles con mensajes alusivos a requerimientos básicos.

Entretanto, Godoy Villamizar cumplía funciones de transporte y comercialización de los artículos recibidos a través de esta modalidad de explotación.

Una juez penal de conocimiento avaló los preacuerdos celebrados por estas personas y las condenó, de acuerdo con su participación en los hechos conocidos, por los delitos de concierto para delinquir y explotación de menores de edad. Las penas impuestas oscilan entre 24 y 39 meses de prisión.

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Fiscalía

Condenados dos patrulleros de la Policía por la muerte de un manifestante

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*Los hechos relacionados en la sentencia ocurrieron en el sector de Ciudad Verde, en Soacha, Cundinamarca.

La Fiscalía General de la Nación presentó en juicio oral pruebas que dan cuenta de la responsabilidad de los patrulleros Óscar Alexander Márquez Rojas y Wilmer Andrés Ricaurte Pinilla, en los hechos ocurridos el 9 de septiembre de 2020, en Soacha (Cundinamarca), en los que murió un manifestante y posteriormente fue alterada evidencia.

En el curso de la investigación se conoció que los uniformados accionaron sus armas de dotación contra varias personas que se concentraron y promovieron una protesta en inmediaciones de la estación de policía de Ciudad Verde.

Uno de los proyectiles disparados por Márquez Rojas impactó a un joven venezolano que participaba en la protesta, quien falleció en el lugar.

Luego, los dos funcionarios reportaron la totalidad de la munición asignada al momento de entregar sus armas en el armerillo de la instalación policial, con el propósito de desviar las investigaciones y dar la apariencia de que no habían utilizado sus armas.

En ese sentido, un juzgado penal de conocimiento de Soacha condenó a Márquez Rojas a 18 años de prisión por los delitos de homicidio y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio; y a Ricaurte Pinilla a 50 meses de prisión por el delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.

La Fiscalía mantiene activas las investigaciones orientadas a esclarecer otros dos homicidios ocurridos durante esa misma jornada de protesta e identificar a sus responsables.

La sentencia conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

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Fiscalía

Asegurado alias Victor Chalá señalado cabecilla de un grupo armado ilegal

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*Este hombre fue capturado y judicializado junto a otras cinco personas que le brindaban seguridad y trasladaban de Antioquia a Caquetá.

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez ambulante de control de garantías a John Edison Chalá Torrejano, alias Víctor Chalá, señalado cabecilla de una estructura armada de las disidencias de las Farc, y a otros cinco hombres identificados como Luis Felipe Morales Cataño, César Augusto Lara Alvarado, Óscar Javier Antolínez, Diego Alejandro Bernal Hernández y Wilfredo Hernández Botina, alias el Indio.

Estas personas fueron capturadas por la Dijin de la Policía Nacional en el peaje de Flandes (Tolima), en momentos en los que se movilizaban en una camioneta con cuatro pistolas calibre 9 milímetros, ocho proveedores, 115 cartuchos, siete celulares y 33 millones de pesos
en efectivo.

En las verificaciones se constató que dos de los acompañantes de Chalá Torrejano estaban vinculados laboralmente a una empresa de vigilancia privada, pero no contaban con autorización para portar armas de fuego ni tenían un contrato de prestación de servicios con el procesado.

Al parecer, por cuenta propia le brindaban seguridad y garantizan su desplazamiento entre Antioquia y Caquetá.

Entre tanto, los elementos materiales probatorios obtenidos en el curso de una investigación dirigida por un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales dan cuenta de que, entre 2023 y 2025, alias Víctor Chalá hizo parte del frente Darío Gutiérrez de las disidencias de las Farc, el cual tiene injerencia en Huila; y que estaría implicado en el cobro de extorsiones a comerciantes y habitantes de Neiva, Villavieja, Baraya, Tello, Fortalecillas y Aipe.

La Fiscalía imputó a todos los procesados el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

Para Chalá Torrejano y Hernández Botina se adicionó el concierto para delinquir agravado quienes deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario mientras que los restantes cuatro una medida privativa de la libertad en su lugar de residencia.

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