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Fiscalía

Fiscalía pidió inadmitir 83 testimonios que solicitó la defensa de Álvaro Uribe

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Durante la audiencia preparatoria, la fiscal delegada Marlene Orjuela solicitó a la jueza 44 de Conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, no admitir 83 pruebas testimoniales que presentó la defensa del expresidente Álvaro Uribe.

«Solicito la inadmisión de 83 pruebas testimoniales por impertinentes, poco útiles, repetitivas, de escaso valor probatorio o injustamente dilatorias», dijo la fiscal.

En total, el abogado Jaime Granados anunció 154 testimonios para defender a Uribe, quien está siendo procesado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

«De darse vía libre a todas las postulaciones que trae la defensa sería dar pie a una dilación injustificada del desarrollo procesal, haciendo caso omiso a lo que debe ser la economía procesal», manifestó en ese mismo sentido Reinaldo Villalba, apoderado de víctimas.

Entre los testimonios que la Fiscalía pidió inadmitir están los de Andrés Felipe Arias, exministro de Agricultura; los abogados Abelardo de la Espriella y Óscar Arroyave; los exnarcos Ramón Quintero Sanclemente y Diego Pérez, el coronel de la Policía, Pedro Benavidez, y Hernando Nieto Sánchez.

Otros son los de Fabio Valencia Cossio, Luis Alberto Moreno, Juan Manuel Aguilar, Liliana María Correa y Nilton Córdoba Manyoma.

Además, solicitó que el testimonio de Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente, sea relacionado solamente para lo relacionado con la finca Las Guacharacas y el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve y su familia.

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Fiscalía acusó a hombre que habría simulado accidente tras asesinar a su expareja e hijo de 10 meses

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*Durante la audiencia de acusación, la Fiscalía reconstruyó los movimientos realizados por el procesado el día de los hechos y sostuvo que el menor permaneció únicamente bajo su cuidado durante varias horas.

La Fiscalía General de la Nación acusó y llamó a juicio a Hugo Fernando Silva Soto por su presunta responsabilidad en el feminicidio de Karen Cecilia López Avendaño, el homicidio de su hijo de 10 meses y el delito de alteración de elemento material probatorio, al considerar que habría simulado un accidente de tránsito para ocultar los hechos ocurridos en diciembre de 2025 en Bogotá.

La investigación se originó tras el hallazgo de un vehículo colisionado contra un árbol en inmediaciones del Jardín Botánico, en el barrio Bosque Popular, donde organismos de socorro encontraron sin vida a una mujer y a un bebé, mientras que un hombre permanecía inconsciente dentro del automóvil.

Sin embargo, las labores adelantadas por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y los análisis del Instituto Nacional de Medicina Legal permitieron establecer que las muertes no correspondían a un siniestro vial. Según los dictámenes forenses, la mujer presentaba una herida causada con arma cortopunzante en el cuello y el menor, lesiones compatibles con el denominado síndrome del niño zarandeado, las cuales habrían sido ocasionadas antes del supuesto accidente.

Durante la audiencia de acusación, la Fiscalía reconstruyó los movimientos realizados por el procesado el día de los hechos y sostuvo que el menor permaneció únicamente bajo su cuidado durante varias horas.

El fiscal del caso señaló: “Estando únicamente con el bebé, el señor Hugo Fernando habría zarandeado a su hijo, ocasionándole trauma cervical por mecanismo de aceleración y desaceleración, y su posterior muerte. Cuando corría a las diez treinta de la noche del once de diciembre, Hugo Fernando regresó a la casa de Karen, con silla y pañalera en mano, pero sin el bebé. La madre de Karen y abuela del menor le preguntó por el niño, y este le respondió que el bebé estaba dormido y que lo había dejado en la casa de su papá”.

De acuerdo con la investigación, recogió a Karen Cecilia López para dirigirse a la vivienda de su padre con el propósito de recoger al menor. No obstante, para ese momento el niño ya habría fallecido.

Sobre lo ocurrido después, el fiscal explicó: “Se desplazó en el vehículo de placas MSR-348, acompañado de Karen Cecilia López Avendaño y del cuerpo sin vida de L. López Avendaño. Una vez en el sitio, Silva Soto permitió que Karen Cecilia López Avendaño condujera el vehículo con el propósito de enseñarle a parquear, mientras él se ubicaba en el asiento del copiloto, permaneciendo en el fondo de la vía cerrada por un lapso aproximado de dos horas y nueve minutos. Producto de la desesperación que representaba enfrentar a Karen sobre lo acontecido al pequeño, Hugo Fernando decidió hacer uso de ese tiempo para dar muerte a Karen, quien se encontraba totalmente desprevenida cuando hizo uso de un arma blanca para lacerar directamente su arteria carótida”.

La Fiscalía sostiene que, tras la muerte de la mujer, el procesado alteró la escena para hacer creer que ambos fallecimientos fueron consecuencia de un accidente de tránsito. Según el ente acusador, limpió el vehículo, hizo desaparecer algunos elementos que podrían comprometerlo, chocó el automóvil contra un árbol y acomodó el cuerpo de la víctima en el asiento del conductor para aparentar que ella manejaba el vehículo al momento del impacto.

Como parte de la sustentación de la acusación, el fiscal expuso varios elementos que, a su juicio, desvirtúan la hipótesis del accidente.

“El rodante era de propiedad de la novia de Hugo Fernando. La ciudadana Karen Cecilia López Avendaño no sabía conducir, tampoco tenía licencia para hacerlo, pero fue encontrada el día de su muerte en la silla del piloto del Volkswagen de placas MSR-348. La lesión en cuello de Karen Cecilia López Avendaño corresponde a una herida por elemento cortopunzante, siendo incompatible con una lesión producto de accidente de tránsito. La lesión que presentó el menor también es típica del síndrome del niño zarandeado, igualmente incompatible con una lesión producto de accidente de tránsito. Dentro del rodante se encontró un elemento cortopunzante. Desde las 15:30 del 11 de diciembre de 2025 hasta el hallazgo de los cuerpos, el menor permaneció exclusivamente bajo el cuidado de Hugo Fernando Silva Soto”, indicó.

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Condenado a 8 años de cárcel un exalcalde de Ciénaga (Magdalena) por corrupción

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Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento condenara a la pena de 8 años de prisión a Luis Alberto Tete Samper, exalcalde de Ciénaga (Magdalena) por irregularidades en un convenio de asociación para el mejoramiento nutricional de niños y la recuperación ambiental de dicho municipio.

Por estos mismos hechos fue condenado a la pena de 6 años y 4 meses de prisión el contratista José Armando Ulloa Niño.

Los dos hombres fueron declarados responsables del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La investigación demostró que el 30 de noviembre de 2015 se suscribió el convenio por un valor de 723 millones de pesos. Sin embargo, se vulneraron los principios de contratación estatal, la legalidad, planeación, transparencia, publicidad y selección objetiva.

Dicho convenio fue utilizado en la compra de un inmueble, por un valor de 560 millones de pesos, acción que no estaba contemplada en los estudios previos ni en la justificación contractual; que, además, requería autorización del Concejo Municipal, trámite que fue omitido.

De esta manera, solo fueron utilizados $163’000.000 en actividades
relacionadas con el objeto para el cual habían sido asignados los recursos públicos.

La Fiscalía probó que dentro de la documentación contractual no existen soportes esenciales previstos en las obligaciones del convenio, como actas de recibo final, de liquidación; e informes de interventoría.

Asimismo, funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) capturaron en vía pública, en el barrio Centro de Ciénaga (Magdalena), a los implicados para hacer efectiva la pena impuesta, la cual cumplirán en sus lugares de residencia.

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Fiscalía

Judicializan a un hombre implicado en el asesinato de un auxiliar de vuelo estadounidense

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*A la víctima y a la mujer que la acompañaba les habrían suministrado una sustancia que las dejó en estado de indefensión para despojarlas de sus pertenencias.

Las actividades investigativas adelantadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron establecer la presunta participación de Andrés Felipe Peña Corrales en el hurto y homicidio del auxiliar de vuelo estadounidense Eric Fernando Gutiérrez Molina, ocurrido el pasado 22 de marzo en Medellín.

De acuerdo con la investigación, el procesado contactó a la víctima en una discoteca del barrio El Poblado, donde se encontraba con una compañera de trabajo, también auxiliar de vuelo. Posteriormente, los dos extranjeros y el investigado se dirigieron a un motel del mismo sector en compañía de otro hombre.

En el lugar, al parecer, les suministraron una sustancia que les hizo perder el conocimiento para apoderarse de dinero y joyas de la mujer, avaluados en 1.650 dólares.

La investigación estableció que, tras salir del establecimiento, la mujer fue abandonada en una vía pública, mientras que el auxiliar de vuelo fue estrangulado y su cuerpo fue encontrado cinco días después en aguas del río Cauca, a la altura de Jericó (Antioquia).

Durante el tiempo que permaneció desaparecido, presuntamente le retiraron dinero de sus
cuentas bancarias.

Por estos hechos, un fiscal URI de la Seccional Medellín imputó a Peña Corrales los delitos de homicidio agravado y hurto calificado agravado.

El procesado no aceptó los cargos y un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.

Peña Corrales fue capturado en el aeropuerto internacional José María Córdova, en Rionegro (Antioquia), luego de ser deportado desde Perú.

Por estos mismos hechos, otro hombre fue capturado en Perú en cumplimiento de una notificación roja de Interpol. Actualmente se adelantan los trámites para su extradición.

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