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Tribunal confirma condena contra representante de una corporación mixta por corrupción en la UNGRD

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*Francisco Javier Estupiñán Bravo era el representante de la Corporación Mixta Integral Yapurutú, empresa que debía entregar 40 carrotanques para La Guajira.

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena contra Francisco Javier Estupiñán Bravo por el escándalo de corrupción de la UNGRD y ajustó su pena a nueve años, 11 meses y 27 días de prisión.

Fue encontrado responsable de peculado por apropiación en favor propio y de terceros, así como interés indebido en la celebración de contratos.

Estupiñán Bravo era el representante de la Corporación Mixta Integral Yapurutú e intervino en el direccionamiento y la adjudicación de una orden de proveeduría en la UNGRD en favor de Yapurutú.

La orden era por 29 mil millones de pesos y tenía como objeto el suministro de 40 carrotanques para atender a la comunidad en La Guajira.

Estupiñán Bravo anexó una certificación que garantizaba la disponibilidad y entrega inmediata de los vehículos, información que no correspondía a la realidad. Con base en esos documentos, entre diciembre de 2023 y febrero de 2024 el procesado, junto con otros intervinientes, tramitó desembolsos por 25.375 millones de pesos, pese a que los carrotanques permanecían en etapa de ensamblaje.

Durante este proceso contractual se presentaron sobrecostos por 11.114 millones de pesos. De este monto, el procesado y el representante legal de Yapurutú se apropiaron de 4.330 millones de pesos y favorecieron a terceros para que se quedaran con 6.784 millones de pesos adicionales.

El condenado también fue inhabilitado por 119,9 meses para el ejercicio de derechos y funciones públicas, además, fue multado con 5.500 millones de pesos por los dineros apropiados, así como otra por 82,4 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Por otra parte, un juez de control de garantías avaló el principio de oportunidad celebrado entre Estupiñán Bravo y la Fiscalía, en el que el procesado se comprometió a aportar información de otros intervinientes en los hechos de corrupción de la UNGRD.

Con esta colaboración, cesa de manera parcial la acción penal por los delitos de falsedad ideológica en documento público agravado por eso y falsedad de documento privado.

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