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Quién está obligado a pintar una vivienda en arriendo: ¿el dueño o el inquilino?

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En Colombia hay varias normas que pretenden proteger al propietario y al inquilino al momento de adquirir una vivienda en arriendo. Por tal razón, es importante que los deberes y derechos de cada una de las partes queden estipulados en un respectivo contrato.

Una pregunta frecuente surge entre inquilinos y propietarios: ¿quién asume el costo de pintar el inmueble? La respuesta no es tan sencilla como parece, ya que depende de diversos factores y del marco legal que rige el contrato de alquiler.

¿Qué dice el Código Civil?
En Colombia, el Código Civil establece las responsabilidades tanto del propietario como del inquilino en cuanto a la conservación y mantenimiento del inmueble en arriendo. El artículo 1985 del Código Civil determina que el arrendador está obligado:

Mantener el inmueble arrendado en buen estado. Esto incluye realizar las reparaciones locativas necesarias para que el lugar sea habitable y apto para el uso convenido.
Entregar el inmueble arrendado en buen estado. El arrendador debe asegurarse de que el lugar se encuentre en condiciones adecuadas para ser habitado al momento de la entrega al inquilino.
Además, el artículo 1992 del Código Civil establece que el arrendatario está obligado a:

Conservar el inmueble arrendado en buen estado. El inquilino debe cuidar de la propiedad y evitar su deterioro durante el tiempo de arrendamiento.
Devolver el inmueble arrendado en el mismo estado en que la recibió. Al finalizar el contrato, el inquilino debe entregar la vivienda en condiciones similares a las que lo recibió, salvo por el desgaste natural por el uso normal.

¿Cuándo debe pintar el arrendador?
Cuando el inmueble se encuentra en mal estado al momento de la entrega. El arrendador debe realizar las reparaciones necesarias, incluyendo la pintura, para que el inmueble sea habitable y apto para el uso convenido.
Cuando se presentan daños en la pintura por causas no imputables al inquilino. Si la pintura se ha deteriorado por el paso del tiempo, desgaste natural o eventos fortuitos, el arrendador debe asumir el costo de la reparación.

¿Cuándo debe pintar el inquilino?
Cuando se presentan daños en la pintura por causas imputables al inquilino. Si el deterioro de la pintura se ha producido por un uso indebido o negligente del inquilino, este debe asumir el costo de la reparación.
Cuando se haya pactado en el contrato de arrendamiento. El contrato de arrendamiento puede establecer que el inquilino sea responsable de pintar el inmueble al inicio o al final del contrato, o de manera periódica durante el tiempo de arrendamiento.

Recomendaciones para evitar disputas

Es importante que tanto el arrendador como el inquilino tomen las siguientes medidas para evitar disputas relacionadas con la pintura del inmueble:

1. Realizar una inspección del inmueble al inicio del contrato. En esta inspección, se debe documentar el estado de la pintura del inmueble, incluyendo fotografías y descripciones detalladas.

2. Incluir en el contrato de arrendamiento una cláusula específica sobre la responsabilidad de la pintura. Esta cláusula debe establecer claramente quién es responsable de pintar el inmueble en diferentes situaciones.

3. Comunicarse de manera efectiva. Si surge algún problema relacionado con la pintura, es importante que ambas partes se comuniquen de manera abierta y respetuosa para llegar a un acuerdo.

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Plátano, yuca y pollo, lo que más subió de precio en junio en todo el país

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El índice de la Bolsa Mercantil de Colombia, IPAP-BMC, cerró en 244,64 en junio de 2024, con una disminución anual del -0,4 %, manteniendo la tendencia decreciente observada desde diciembre de 2022; sin embargo, desde el mes de marzo de 2024 se evidencia una recuperación. Este valor contrasta con la variación anual registrada en el mismo mes de 2023, cuando se ubicó en 245,58, con una variación del 9,9 %.

La Bolsa Mercantil de Colombia recalcó, en ese sentido, que el 60,6 % de productos registraron aumentos entre mayo y junio de 2024. Las subclases que más contribuyeron mensualmente al dinamismo de los precios fueron plátano (1,26 puntos porcentuales p.p.), pollos y gallinas (0,79 p.p.), granos de cacao (0,42 p.p.), hortalizas de raíz, bulbosas y tuberosas (0,29 p.p.) y yuca (0,28 p.p.).En contraste, las subclases con mayores contribuciones negativas en junio fueron ganado bovino (-0,69 p.p.), tomates (-0,47 p.p.), cítricos (-0,43 p.p.), trigo (-0,38 p.p.) y leche cruda de vaca (-0,34 p.p.).

“En resumen, las cinco subclases que más contribuyeron al crecimiento de los precios agropecuarios sumaron en conjunto 3,04 p.p., mientras que las cinco subclases con menor contribución restaron -2,32 p.p. Estos resultados reflejan una tendencia al alza en el comportamiento de los precios del sector entre mayo y junio, la cual se viene observando desde marzo de 2024”, dijo la Bolsa Mercantil de Colombia.

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Desmantelan red de funcionarios y particulares que exoneraba del pago de comparendos a infractores de normas de tránsito en Cali

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La Fiscalía General de la Nación recopiló elementos de prueba y evidencia física que dan cuenta de la existencia de un entramado de corrupción conformado por funcionarios y particulares, que exoneraba del pago de comparendos a varios infractores de normas de tránsito en Cali (Valle del Cauca).

Los presuntos involucrados son cinco servidores de la Secretaría de Movilidad de la ciudad, identificados como Andrés Quimbayo Rojas, Juan Carlos Peña Rico, Rubén Darío Martínez Hernández, Jesús Antonio Chica Hincapié y Larry Tovar Ortega; y Sandra Liliana Castañeda Reyes, propietaria de un establecimiento de comercio.

Estas personas son señaladas de articularse y poner en marcha distintas maniobras para que no fueran cobradas 516 multas de tránsito a 336 ciudadanos, entre 2019 y 2022. En algunos casos los funcionarios habrían emitido resoluciones revocatorias sin sustento alguno. Al parecer, a cambio recibieron 103 millones de pesos.

Por estos hechos, personal del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Policía Nacional, capturó a los implicados en diligencias realizadas en Cali. La Fiscalía los presentó ante un juez de control de garantías y les imputó, según sus posibles responsabilidades individuales, los delitos de concierto para delinquir agravado, enriquecimiento ilícito de particulares, cohecho por dar u ofrecer, cohecho impropio y cohecho propio.

Los cargos no fueron aceptados por los procesados, que deberán cumplir medida de
aseguramiento en centro carcelario.

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Alerta en el Caribe colombiano: Beryl se convirtió en huracán categoría 4 sumamente peligroso

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La tormenta tropical Beryl se convirtió en el primer huracán de 2024 en aguas abiertas del Atlántico y se espera “que se intensifique” en los próximos días, de acuerdo con el reporte del Centro Nacional de Huracanes (NHC) de EE. UU.

En el más reciente avance se conoció que sobre el océano Atlántico tropical, el ciclón tropical Beryl se fortaleció a huracán categoría 4. Además, se espera que su intensidad continúe en aumento y que ingrese mañana al mar Caribe como categoría 4 y su trayectoria prevé un paso cerca de las Antillas Mayores sin impacto directo en Colombia.

El martes estará cerca de La Guajira, con posibles afectaciones en condiciones marítimas, aumento de precipitaciones y ráfagas de viento en el norte del país.

La Mesa Técnica de Alerta por Ciclones Tropicales integrada por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) y la Dirección General Marítima (Dimar) continuará el monitoreo e informará oportunamente los cambios en la evolución de este ciclón tropical.

Los meteorólogos precisaron que el aviso de huracán está en vigor para Barbados, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Granada, Martinica, Dominica y Trinidad y Tobago.

Este año, el Atlántico tendrá una temporada de huracanes muy por encima del promedio, con la posibilidad de hasta trece, de los cuales hasta siete pueden ser de categoría mayor, según la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica (NOAA, en inglés) de Estados Unidos.

El pronóstico refleja que este año se podrán formar un total de entre 17 y 25 tormentas, es decir, con vientos máximos sostenidos por encima de los 62 kilómetros (38.5 millas) por hora.

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