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JEP identifica quinta victima hallada en La Escombrera, Medellín: era una adolescente

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Al cumplirse un año del hallazgo de los dos primeros cuerpos en La Escombrera, la JEP acompaña a las víctimas que conmemoran un hecho que confirmó que este sector fue utilizado como una fosa común

Tenía 17 años y fue desaparecida por paramilitares del Bloque Cacique Nutibara el 24 de agosto de 2002.

Tras un año de los primeros hallazgos en La Escombrera, el Grupo de Apoyo Técnico Forense (GATEF) de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP confirmó la identificación de una quinta víctima hallada en el lugar.

Se trata de una adolescente de 17 años, habitante de la Comuna 13, desaparecida por paramilitares del Bloque Cacique Nutibara, el 24 de agosto de 2002, cuando se dirigía en un bus al Hospital de San Cristóbal con el fin de internarse por inanición.

«Su cuerpo fue hallado por el GATEF el pasado 15 de julio. Luego de un expedito y riguroso proceso científico, el Instituto Nacional de Medicina Legal logró la plena identidad de la niña, y ahora se desarrollarán todas las gestiones necesarias para poder entregar el cuerpo de forma digna a su familia», aseguró en un comunicado la JEP.

En esta fecha, la Jurisdicción Especial para la Paz también acompaña a las víctimas y sus organizaciones que conmemoran el hallazgo de los dos primeros cuerpos en el sector conocido como La Escombrera de la Comuna 13 de Medellín, ocurrido hace un año, el 18 de diciembre de 2024.

Durante 2025, la JEP consolidó avances en La Escombrera: se hallaron cinco cuerpos más, para un total de siete exhumaciones desde 2024. De estos, cinco fueron identificados y cuatro entregados a sus familias.

Este acontecimiento reafirmó las denuncias que durante años las familias buscadoras habían sostenido: La Escombrera es una fosa común donde fueron ocultados cuerpos de víctimas de desaparición forzada.

«La Escombrera, que ha sido utilizada durante casi dos décadas como depósito de escombros, había sido señalado por las víctimas como uno de los principales lugares de ocultamiento de cuerpos durante las operaciones desarrolladas en la zona en 2002. Durante 2025, la JEP mantuvo activa la búsqueda judicial en La Escombrera bajo las medidas cautelares vigentes», explicó el tribunal.

A comienzos de año, los días 9 y 10 de enero, se recuperaron dos cuerpos en la zona intervenida. En los meses siguientes, y gracias a la ampliación del área de excavación y al refuerzo del GATEF, se localizaron tres cuerpos más, completando siete víctimas exhumadas en total en este punto ubicado en el occidente de Medellín.

«Al tiempo, el Instituto Nacional de Medicina Legal avanzó en los procesos de identificación de los cuerpos, lo que permitió realizar cuatro entregas dignas a familias en el transcurso del año y se prepara para la quinta con la nueva identificación. Estos actos se desarrollaron de manera reservada, en coordinación con las entidades competentes, y constituyen pasos importantes en la satisfacción del derecho a la verdad de las víctimas, quienes han participado en el proceso de búsqueda en el lugar y han recibido acompañamiento piscosocial y jurídico», añadió en el comunicado.

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Corte Suprema confirma condena contra exdirector de la Policía Rodolfo Palomino por el delito de tráfico de influencias

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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el exdirector de la Policía, el general en retiro Rodolfo Palomino López, por tráfico de influencias.

La Sala cuestionó el uso indebido de su investidura y calificó su conducta como una “inaceptable desviación de poder”, al intentar interferir en una investigación judicial.

“De acuerdo con lo que se ha explicado, la Sala puede concluir que el entonces general Rodolfo Palomino López, exdirector de la Policía Nacional, se sirvió de sus competencias funcionales para contactar a través de uno de sus subalternos a la fiscal Sonia Lucero Velázquez Patiño”, comenzó por decir el magistrado Gerson Chaverra Castro.

Indicó que el motivo por el que Palomino se contactó con la fiscal no fue la coordinación interinstitucional para la provisión de apoyo logístico a los operativos ordenados por Sonia Velázquez, en el marco de la investigación adelantada contra algunos miembros del fondo ganadero de Córdoba.

“Las pruebas practicadas en el juicio oral permitieron conocer que el contacto con la funcionaria judicial fue propiciado por el general con el único objetivo de favorecer la situación jurídica del empresario Luis Gonzalo Gallo Restrepo, vinculado a la referida investigación como uno de los promotores del contubernio que se habría gestado entre las Autodefensas Unidas de Colombia y el fondo”, dijo el togado.

Sostuvo que Rodolfo Bautista Palomino “intercedió proactivamente” ante la funcionaria judicial durante la reunión del 8 de febrero de 2014, conversación durante la cual el “procesado le propuso a su interlocutora dejar quieto el proceso seguido contra el nombrado empresario”.

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Bebé de 20 días de nacida resultó herida, al igual que sus padres, en un ataque sicarial

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Un ataque sicarial se presentó en la tarde de este lunes en el barrio Colinas del Sol, en Puerto Colombia, Atlántico, luego de que hombres armados irrumpieron en una vivienda y atacaron a bala a los ocupantes de la misma.

Los sicarios dispararon en cuatro ocasiones contra un hombre e impactaron de igual manera a su pareja y a su bebé de escasos 20 días de nacida.

Los criminales emprendieron la huida en una motocicleta, mientras que la pareja y su pequeña hija fueron trasladados al Hospital Local de Puerto Colombia.

Un video aficionado muestra el momento en que el hombre es auxiliado por la Policía y trasladado en una motorizada al mencionado centro asistencial.

Por la complejidad de las heridas, la pequeña y su papá fueron remitidos a un centro asistencial de mayor complejidad.

Las víctimas fueron identificadas como Andrés Felipe González Pérez, de 32 años; Yorgelis Carolina Reyes German, de 25 años; y la bebé de 20 días de nacida.

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Fiscalía 32 de Patrimonio Económico defendió legalidad del reintegro de Silvia Gette frente a tutela del Ministerio de Educación

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En el marco del proceso por presunto fraude procesal en la Universidad Autónoma del Caribe, la fiscal 32 de Patrimonio Económico, Betzaida Guerra Martínez, radicó una respuesta técnica de 16 páginas ante el Juzgado 16 Penal del Circuito de Barranquilla para sustentar la legalidad de la orden de reintegro de Silvia Gette Ponce a la rectoría.

El documento técnico contradice la acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), calificando algunos de sus argumentos como «ajenos a la verdad» y defendiendo la competencia del juez penal para restablecer derechos conculcados por un delito.

Uno de los ejes centrales de la argumentación de la fiscal Guerra radica en la naturaleza del cargo de Jorge Enrique Senior Martínez, actual rector de la institución. Mientras el Ministerio afirma que Senior fue designado directamente por dicha cartera mediante la Resolución 002081 de 2024, la Fiscalía presentó pruebas de que el rector fue elegido el 9 de marzo de 2026 por el Consejo Superior de la universidad, obteniendo 6 de 9 votos posibles.

La fiscalía resalto una contradicción en el proceder del Ministerio, señalando que en un proceso previo de tutela ante el sindicato, la cartera educativa se desligó de la elección de Senior alegando que fue un acto de autonomía universitaria ajeno a su intervención.

La posición de la Fiscalía se fundamento en la aplicación del Artículo 22 de la Ley 906 de 2004, que obliga a las autoridades judiciales a adoptar medidas para que las cosas vuelvan al estado anterior a la comisión de una conducta punible. Bajo este enfoque profesional, la fiscalía sostiene que:

Vigencia del cargo

La salida de Gette en 2013 fue producto de un fraude procesal y falsedad en documentos, lo que vicia de nulidad los actos posteriores que llevaron al nombramiento de Ramsés Vargas Lamadrid.

Situación penal superada

Silvia Gette ya cumplió la totalidad de su condena previa por abuso de confianza el 11 de julio de 2022, por lo que legalmente no posee inhabilidades vigentes para ejercer cargos administrativos.

Independencia de la vigilancia estatal

La fiscal aclara que la vigilancia especial del MEN es sobre la universidad como persona jurídica y no sobre una persona natural. El cambio de rector no anula las medidas de inspección, el plan de pagos ni el control financiero impuesto por el Estado.

Desde una perspectiva estrictamente procesal, la fiscal Guerra Martínez solicitó declarar la improcedencia de la tutela del Ministerio. Argumenta que el accionante pretende usar la acción constitucional para adelantarse al resultado de un recurso de apelación ordinario que aún está en curso, lo que desnaturaliza el carácter residual de la tutela.

La fiscalía concluye que no existe una «vía de hecho» por parte del juez de garantías, sino un cumplimiento del deber constitucional de proteger a las víctimas y garantizar que el delito no sea fuente de derechos legítimos. Según el documento aportado, el restablecimiento del derecho debe actuar como la herramienta definitiva para corregir los efectos de un fraude que ha perdurado por más de una década en la institución académica.

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