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Judicial

Denuncian al fallecido cardenal Rubiano de presuntamente haber abusado de un joven de 15 años

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El cardenal colombiano Pedro Rubiano, arzobispo emérito de Bogotá que falleció el 14 de abril de 2024, fue denunciado este lunes de haber abusado sexualmente de un joven de 15 años en varias ocasiones en 1983.

«Eso sucedió y no fue solamente una vez. Y tengo entendido que tiene muchísimas denuncias, que han sido tapadas porque nunca prosperaron», señaló un hombre llamado Andrés.

La víctima relató que todo comenzó en 1983, cuando al joven lo echaron de su casa por problemas familiares y fue a la catedral primada de Bogotá buscando refugio y ayuda.

Sin embargo, allí empezó a sufrir abusos por parte de un sacerdote, cuyo nombre no fue revelado, quien luego le presentó al cardenal Rubiano.

«Se sentó conmigo en las sillas de atrás, quería besarme los pies, me besó las manos, me masturbó y me practicó sexo oral», relató el hombre sobre lo que sufrió a manos de Rubiano y agregó que no pudo huir de allí por la situación familiar que vivía.

El joven viajó en el 2000 a Ciudad del Vaticano con un pasaje que, dice, fue pagado por uno de sus victimarios y entregó documentos, fotos y videos de lo que había sufrido al médico y periodista español Joaquín Navarro Valls, quien era uno de los colaboradores cercanos al papa Juan Pablo II. Sin embargo, nunca recibió una respuesta.

Por eso, Andrés denunció en 2021 al cardenal Rubiano, cuando aún estaba vivo, y afirmó que «nunca pasó nada».

«En cambio, en España denuncian a un sacerdote de 90 años y a ese sí lo llaman y a ese sí le piden explicaciones y ese sí iba a la fiscalía y no, aquí no. Aquí el señor pasó de agache y se murió», añadió.

En mayo del año pasado, la Corte Constitucional de Colombia ordenó a la Iglesia católica entregar información sobre los casos de pederastia ocurridos en el país, algo que no había hecho porque alegaba que esa información estaba protegida por el secreto pontificio.

La decisión la tomó la Sala Plena del alto tribunal al resolver 50 tutelas (recurso de amparo) acumuladas que solicitaban información sobre casos de pederastia ocurridos en la curia colombiana, según una sentencia publicada este martes por la Corte.

Pedido de perdón

En 2024 el sacerdote jesuita Francisco de Roux, expresidente de la Comisión de la Verdad de Colombia, pidió perdón a las víctimas de abusos sexuales por parte de un miembro de la Compañía de Jesús y aseguró que «hoy en día» hubiese llevado a la Fiscalía el caso del que se le acusa de haber encubierto en 2014.

De Roux fue denunciado penalmente por el supuesto encubrimiento al fallecido padre Darío Chavarriaga, acusado de abusar sexualmente de un joven y de sus siete hermanas en la década del 70.

En relación con la pederastia, en junio de 2020 la Arquidiócesis de Villavicencio suspendió provisionalmente a más de 10 sacerdotes católicos por presunto abuso sexual y se puso a disposición de las autoridades competentes «para colaborar con las investigaciones que tengan lugar en este caso».

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Consejo de Estado suspendió designación de Salvatore Mancuso como gestor de paz

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*La demanda de nulidad simple fue presentada por Luis Carlos Domínguez Prada y Samuel Alejandro Ortiz Mancipe.

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la designación del excomandante de las Autodefensas, Salvatore Mancuso, como gestor de paz.

Esto después tras admitir una demanda de nulidad simple presentada por Luis Carlos Domínguez Prada y Samuel Alejandro Ortiz Mancipe.

Los demandantes de este acto administrativo indicaron que el Ejecutivo no estableció con claridad por cuánto tiempo, en qué lugares y qué funciones concretas debía cumplir Mancuso como gestor de paz.

Asimismo, señalaron que esa circunstancia afecta los derechos de las víctimas del grupo armado ilegal del que hizo parte el desmovilizado y, aunque el Presidente de la República tiene una facultad discrecional para adoptar medidas encaminadas a alcanzar la paz, no puede ejercerse de manera arbitraria y debe respetar los derechos de las víctimas.

El Consejo de Estado indicó que las faltas de los límites contradice el derecho de las víctimas a acceder a la administración de justicia y a contar con recursos judiciales efectivos, reconocidos en la Constitución y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por esta razón accedió a la medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo, mientras se toma una decisión definitiva.

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Tribunal Administrativo Cundinamarca admite demanda: buscan suspender posesión presidencial en Cali

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha admitido formalmente una demanda que pretende frenar la posesión del presidente Abelardo De La Espriella en la ciudad de Cali.

La información señala que el recurso judicial se presenta apenas tres días antes de que se lleve a cabo el evento, lo cual pone en vilo los preparativos que ya se encuentran en marcha en la capital del Valle del Cauca.

Fundamentos jurídicos y derechos amenazados

La acción judicial, identificada como una acción popular con solicitud de medida cautelar urgente, fue interpuesta por el ciudadano David Fernando Cano Masuera. El demandante argumenta que el traslado de la sede del Congreso a Cali para el acto de posesión amenaza una serie de derechos colectivos fundamentales.

Entre estos se destacan la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, la seguridad y salubridad públicas, así como la legalidad del gasto y la publicidad de la función pública.

El proceso legal vincula a una amplia gama de instituciones del Estado colombiano. Entre los accionados se encuentran el Congreso de la República (tanto el Senado como la Cámara de Representantes y sus mesas directivas), el Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE), el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y las fuerzas militares.

Los argumentos presentados por Cano Masuera sugieren irregularidades en el proceso legislativo que permitió el cambio de sede. Específicamente, se menciona que la votación en el Congreso debió ser nominal y que existen dudas sobre la disponibilidad de fondos y las garantías de seguridad para un evento de tal magnitud fuera de Bogotá.

Al admitir la demanda, el Tribunal ha solicitado de manera extraordinaria una serie de pruebas certificadas y verificables a las autoridades correspondientes. La justicia busca revisar el texto exacto del acuerdo entre el Senado y la Cámara, las proposiciones aprobadas, las constancias de radicación y las órdenes del día definitivas.

Asimismo, se han requerido las actas de sesión y las certificaciones de quórum deliberatorio y decisorio para comprobar la legalidad de las actuaciones que permitieron el traslado de la sede del Congreso para la posesión presidencial.

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Sentencian a 37 años de cárcel al responsable del feminicidio de Kelly De Arco en Barranquilla 

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El Juzgado 15 Penal del Circuito con funciones de Conocimiento de Barranquilla avaló el preacuerdo entre Eduar Alfonso Daza Castro y la Fiscalía para ser condenado a 37 años de prisión por el feminicidio de su expareja Kelly De Arco Hurtado, asesinada a bala en un conjunto residencial el 6 de octubre de 2025, en la Ciudadela 20 de Julio.

El hombre aceptó los delitos de feminicidio agravado en concurso heterogéneo con porte ilegal de armas de fuego.

La mujer ese día, en horas de la madrugada, llegaba con su papá y una amiga al apartamento, pero cuando iba subiendo las escaleras hacia el apartamento se encontró de frente con su expareja, quien es conocido como ‘El Negro’.

La información recopilada por las autoridades señala que el hombre la tomó por el cuello y le disparó en una oportunidad, pero cuando iba cayendo por la escaleras le propinó dos balazos más hasta dejarla sin vida en el sitio.

El hombre huyó y se entregó posteriormente en la Estación El Bosque.

El material probatorio de la Fiscalía indica que un mes antes del feminicidio Kelly había decidido terminar la relación con Eduar por tener episodios de violencia contra ella.

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