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Condenan al exjefe paramilitar Hernán Giraldo por violación de tres niñas mientras estaba preso

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*De acuerdo con la Fiscalía, las obligaba a sostener relaciones sexuales con él y visitarlo cada semana en las distintas cárceles.

La Fiscalía informó que fue condenado a 21 años de cárcel el exjefe paramilitar Hernán Giraldo Serna, responsable de numerosos casos de violación sexual durante el conflicto armado y por abusar de tres menores de edad mientras estaba preso en una cárcel, entre 2004 y 2006, antes de ser extraditado a los Estados Unidos en 2008.

«El hombre obligaba a las víctimas a que lo visitaran en las cárceles donde se encontraba recluido y allí fueron abusadas sexualmente y sometidas a distintos actos ilícitos», señaló la Fiscalía en un comunicado.

Giraldo fue jefe del Frente Resistencia Tayrona de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y, según la Fiscalía, «aprovechó su condición de cabecilla» para obligar a tres niñas de 11 y 12 años de edad «a sostener relaciones sexuales con él, vivir en las fincas donde residía y visitarlo cada semana en las distintas cárceles» en las que estuvo.

«En los centros penitenciarios fueron abusadas sexualmente y sometidas a distintos actos ilícitos por parte del exjefe paramilitar. Una de las jóvenes, al cumplir 14 años, quedó embarazada y fue obligada a abortar por orden del hoy condenado. Otra de las víctimas dio a luz un bebé producto de los reiterados abusos», agregó la información.

La investigación está llena de detalles escabrosos, como que «una de las víctimas fue utilizada en condición de servidumbre, debido a que presentaba una discapacidad cognitiva» según la Fiscalía.

Estos crímenes fueron declarados de lesa humanidad para ser considerados imprescriptibles, y Giraldo, conocido con los alias de ‘El Viejo’, ‘El Señor de la Sierra’ y ‘Taladro’, aceptó su responsabilidad durante las audiencias celebradas el año pasado el año y se acogió a una sentencia anticipada.

De esta forma, un juzgado penal del Circuito de Santa Marta condenó a Giraldo a 20 años, 11 meses y 24 días de prisión «por los delitos de acceso carnal violento agravado, trata de personas con fines de explotación sexual, aborto forzado y tortura, todas estas conductas cometidas contra persona protegida», además de al pago de una multa.

Giraldo se desmovilizó de las AUC en 2006 junto con más de mil de sus hombres, pero luego fue excluido de la Ley de Justicia y Paz, que guió el proceso contra los paramilitares, por incumplir los compromisos adquiridos.

Tras ser extraditado a Estados Unidos en 2008, pagó en ese país una condena por narcotráfico y regresó a Colombia en calidad de deportado en 2021 para responder por sus múltiples crímenes ante la justicia colombiana.

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Capturan otra vez al exalcalde de Magangué Jorge Luis Alfonso López

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Unidades de la Dijin de la Policía, que llegaron desde Bogotá, capturaron en la mañana de este jueves a Jorge Luis Alfonso López, hijo de la fallecida empresaria del chance fallecida Enilce López Romero.

El exalcalde de Magangué fue capturado en la IPS Mediclínica donde se encuentra internado, en el norte de Barranquilla, la misma donde el 23 de mayo de 2024 un comando armado de 12 sicarios, disfrazados con uniformes de la Policía, ingresaron e intentaron asesinarlo, pero el exalcalde resultó ileso y dos de sus escoltas terminaron muertos.

Esta nueva captura se origina por el homicidio de Guillermo Montero Carpio, ocurrido en 1997 en la ciudad de Sincelejo.

Jorge Luis Alfonso había obtenido la libertad condicional a finales del año 2025 por la condena en su contra en la que fue hallado responsable por el crimen del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez, asesinado el 15 de febrero de 2005 en Magangué (Bolívar).

La Juez Sexta de Ejecución de Penas de Barranquilla, Carmen Terán, le concedió la libertad condicional al determinar que el condenado había purgado las tres quintas partes de la condena (más de 19 años de los 29 que debía cumplir por homicidio agravado y concierto para delinquir).

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Juez ordena al Museo Nacional restituir las 63 obras de arte retiradas

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*Según el fallo judicial deberá cumplir con la medida en las próximas 48 horas.

Un juez de Bogotá ordenó al Museo Nacional de Colombia restituir en 48 horas las 63 piezas de arte e históricas que fueron retiradas el pasado 15 de octubre como parte de la «batalla cultural» del Gobierno.

La resolución del juez 24 de Familia de Bogotá ordena al Ministerio de las Culturas y al Museo Nacional que «reinstalen la totalidad de piezas retiradas el 15 de octubre de 2026 en las salas y lugares donde se encontraban exhibidas».

El juez César Enrique Osorio Ortiz, que respondió a la tutela interpuesta por el congresista Gabriel Becerra, también ordenó que ambas entidades se «abstengan» de retirar obras por «razones relacionadas con su contenido o el punto de vista que expresan».

La polémica comenzó luego de que se dio a conocer que el Gobierno colombiano había ordenado el retiro de más de 60 obras principalmente relacionadas con los movimientos feministas y LGTBI, las víctimas de la violencia política y el acuerdo de paz firmado en 2016 con las FARC.

Entre los elementos están una bandera del orgullo perteneciente a la activista Elizabeth Castillo, un afiche de la campaña presidencial de Bernardo Jaramillo Ossa, candidato de izquierda de la Unión Patriótica asesinado en 1990, y el llamado ‘Balígrafo’, una pluma elaborada a partir de una bala y utilizada para firmar el acuerdo de paz.

La medida se enmarcó en la «contrarrevolución cultural» anunciada por el presidente colombiano, Abelardo de la Espriella, quien cuestiona el «wokismo» y considera que determinadas representaciones públicas constituyen una «apología del terrorismo».

La ministra de Cultura, Paola Holguín, defendió en ese entonces el polémico retiro al afirmar que los museos públicos «no deben servir como instrumentos de adoctrinamiento político ni difundir versiones sesgadas de la historia».

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Tribunal de Bogotá revocó fallo sobre bombardeos en zonas donde habría menores reclutados

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*Un fallo de tutela había restringido los bombardeos cuando se presumía la presencia de menores en las zonas donde se iban a adelantar las operaciones.

El Tribunal Superior de Bogotá revocó un fallo de tutela y dejó sin efectos una medida provisional que restringía los bombardeos cuando se presumía que había presencia de menores en las zonas donde se iban a adelantar las operaciones.

“La providencia permite que las Fuerzas Militares continúen desarrollando sus capacidades operacionales dentro del marco constitucional y legal vigente, observando en todo momento los principios de distinción, proporcionalidad y precaución establecidos en el Derecho Internacional Humanitario”, señaló el Gobierno tras la decisión.

Desde el Ejecutivo también aseguraron que se tomarán las medidas para proteger a los niños y adolescentes víctimas de reclutamiento por parte de los grupos armados.

“El Gobierno reitera, además, que el reclutamiento y la utilización de niños, niñas y adolescentes por parte de grupos armados ilegales constituyen graves violaciones de sus derechos. Su prevención y la protección integral de las víctimas seguirán siendo prioridades de las instituciones del Estado”, se lee en el comunicado de la Presidencia.

Justamente, tras esta decisión del Tribunal Superior de Bogotá, el director de Medicina Legal confirmó que, durante este Gobierno, ocho menores han fallecido en operaciones militares. En lo corrido del año, se registran en total 17 menores fallecidos en estas circunstancias.

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