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Fiscalía

Acusado exalcalde de Tunja por presuntas irregularidades en la celebración de un contrato

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*Las actuaciones ilegales detectadas tenían como propósito que la persona contratada retirara una demanda de nulidad que presentó contra la elección del mandatario municipal.

La Fiscalía General de la Nación acusó formalmente al exalcalde de Tunja (Boyacá), Mikhail Krasnov; la exdirectora de Contratación del municipio, Luz Mila Acevedo Galán; la exgestora Social, Sara Catalina Pedraza Canaría; y al particular Miguel Ángel Ruiz Suárez, por su presunta participación en las irregularidades detectadas en un contrato de prestación de servicios.

Estos funcionarios son señalados de coordinarse para vincular a la administración municipal al abogado Juan Sebastián Ramírez García, ya judicializado por estos hechos, con el propósito de que retirara una acción de nulidad que presentó contra la elección del mandatario local en noviembre de 2023.

En cumplimiento de compromisos adquiridos en diferentes reuniones, se firmó un primer contrato en febrero de 2024, por 19’800.000 pesos, que no se ejecutó. Luego, fue suscrito un segundo contrato de prestación de servicios a favor del abogado, a través de la empresa pública Ecovivienda, por 54’285.000 pesos, cuyo objeto era brindar apoyo jurídico y servir de enlace con la Alcaldía.

Los elementos materiales probatorios indican que los trámites contractuales comenzaron después de haber sido instaurada la demanda de nulidad y culminaron con el retiro de la acción legal.

Asimismo, dan cuenta de que el mandatario habría amenazado al entonces gerente de Ecovivienda para presionarlo a celebrar el contrato y a expedir un documento que ñ supuestamente lo eximía de responsabilidad.

En ese sentido, un fiscal de la Seccional Boyacá acusó al exalcalde, a los dos exdirectivos de su administración y al particular, de acuerdo con su posible responsabilidad en los hechos investigados, los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y amenazas a testigos.

Fiscalía

Condenado a 8 años de cárcel un exalcalde de Ciénaga (Magdalena) por corrupción

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Las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento condenara a la pena de 8 años de prisión a Luis Alberto Tete Samper, exalcalde de Ciénaga (Magdalena) por irregularidades en un convenio de asociación para el mejoramiento nutricional de niños y la recuperación ambiental de dicho municipio.

Por estos mismos hechos fue condenado a la pena de 6 años y 4 meses de prisión el contratista José Armando Ulloa Niño.

Los dos hombres fueron declarados responsables del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La investigación demostró que el 30 de noviembre de 2015 se suscribió el convenio por un valor de 723 millones de pesos. Sin embargo, se vulneraron los principios de contratación estatal, la legalidad, planeación, transparencia, publicidad y selección objetiva.

Dicho convenio fue utilizado en la compra de un inmueble, por un valor de 560 millones de pesos, acción que no estaba contemplada en los estudios previos ni en la justificación contractual; que, además, requería autorización del Concejo Municipal, trámite que fue omitido.

De esta manera, solo fueron utilizados $163’000.000 en actividades
relacionadas con el objeto para el cual habían sido asignados los recursos públicos.

La Fiscalía probó que dentro de la documentación contractual no existen soportes esenciales previstos en las obligaciones del convenio, como actas de recibo final, de liquidación; e informes de interventoría.

Asimismo, funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) capturaron en vía pública, en el barrio Centro de Ciénaga (Magdalena), a los implicados para hacer efectiva la pena impuesta, la cual cumplirán en sus lugares de residencia.

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Fiscalía

Judicializan a un hombre implicado en el asesinato de un auxiliar de vuelo estadounidense

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*A la víctima y a la mujer que la acompañaba les habrían suministrado una sustancia que las dejó en estado de indefensión para despojarlas de sus pertenencias.

Las actividades investigativas adelantadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron establecer la presunta participación de Andrés Felipe Peña Corrales en el hurto y homicidio del auxiliar de vuelo estadounidense Eric Fernando Gutiérrez Molina, ocurrido el pasado 22 de marzo en Medellín.

De acuerdo con la investigación, el procesado contactó a la víctima en una discoteca del barrio El Poblado, donde se encontraba con una compañera de trabajo, también auxiliar de vuelo. Posteriormente, los dos extranjeros y el investigado se dirigieron a un motel del mismo sector en compañía de otro hombre.

En el lugar, al parecer, les suministraron una sustancia que les hizo perder el conocimiento para apoderarse de dinero y joyas de la mujer, avaluados en 1.650 dólares.

La investigación estableció que, tras salir del establecimiento, la mujer fue abandonada en una vía pública, mientras que el auxiliar de vuelo fue estrangulado y su cuerpo fue encontrado cinco días después en aguas del río Cauca, a la altura de Jericó (Antioquia).

Durante el tiempo que permaneció desaparecido, presuntamente le retiraron dinero de sus
cuentas bancarias.

Por estos hechos, un fiscal URI de la Seccional Medellín imputó a Peña Corrales los delitos de homicidio agravado y hurto calificado agravado.

El procesado no aceptó los cargos y un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.

Peña Corrales fue capturado en el aeropuerto internacional José María Córdova, en Rionegro (Antioquia), luego de ser deportado desde Perú.

Por estos mismos hechos, otro hombre fue capturado en Perú en cumplimiento de una notificación roja de Interpol. Actualmente se adelantan los trámites para su extradición.

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Fiscalía

Fiscalía imputó cargos a Jorge Alfredo Vargas por presunto acoso sexual; el comunicador no los aceptó

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La Fiscalía General de la Nación imputó al comunicador Jorge Alfredo Vargas el delito de presunto acoso sexual por hechos que, de acuerdo con el ente acusador, habrían sido cometidos contra cuatro presuntas víctimas en un entorno laboral.

La diligencia se realizó bajo reserva por decisión del Juzgado 41 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá, que acogió la solicitud de la Fiscalía para proteger la identidad, la intimidad y los derechos de las cuatro mujeres que figuran como presuntas víctimas dentro del proceso.

De acuerdo con la investigación del ente acusador, los hechos que motivaron la imputación habrían ocurrido entre 2024 y 2026 y se habrían presentado en un contexto laboral. La Fiscalía sostiene que las conductas atribuidas al comunicador afectaron a cuatro mujeres, cuyas denuncias dieron origen a la actuación penal.

El caso se conoció públicamente en marzo de este año, cuando Caracol Televisión informó que había recibido denuncias por presunto acoso sexual contra dos de sus periodistas y anunció la activación de sus protocolos internos. Posteriormente, la relación laboral entre el canal y Jorge Alfredo Vargas finalizó.

La imputación de cargos constituye un acto procesal mediante el cual la Fiscalía comunica formalmente a una persona los hechos por los que es investigada. No representa una condena ni una declaración de responsabilidad penal, la cual solo podrá establecerse mediante una decisión judicial en firme.

Durante la audiencia, la Fiscalía explicó que, debido a la naturaleza del presunto delito, las cuatro denunciantes serán identificadas dentro del proceso únicamente con los códigos V1, V2, V3 y V4, con el fin de proteger su identidad.

A su vez, la abogada Ana Bejarano, representante de la presunta víctima identificada como V1, solicitó mantener medidas de anonimización para evitar escenarios de revictimización y la exposición de las denunciantes durante el desarrollo del proceso judicial.

Una vez concluya la audiencia de imputación, el proceso continuará en las etapas previstas por la ley, mientras la Fiscalía avanza en la recolección y presentación de las pruebas que sustentan su investigación. Por su parte, Jorge Alfredo Vargas mantiene la presunción de inocencia y podrá ejercer plenamente su derecho a la defensa durante el desarrollo del proceso judicial.

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