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Corte Constitucional tumbó decreto que impuso IVA del 19% a licores y apuestas en línea

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La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el Decreto 1474 de 2025, que hacía parte de la emergencia económica, que gravó con IVA del 19% a los licores y las apuestas en línea.

Además, el alto tribunal decidió bajar el umbral de los declarantes del impuesto al patrimonio a $2 mil millones.

La decisión de los magistrados va de la mano con el hundimiento de la emergencia económica por inconstitucional al no ser decretada por hechos sobrevinientes o imprevisibles que otorguen facultades extraordinarias al Presidente Petro.

El Gobierno planteaba recaudar 11 billones de pesos con estos impuestos, sin embargo, la Corte ordenó que lo recaudado sea devuelto, que sería aproximadamente un billón de pesos.

«Los impuestos indirectos pagados mientras el Decreto Legislativo 1474 de 2025 produjo efectos sean devueltos a los sujetos pasivos que materialmente hayan realizado el pago y así lo acrediten, para lo cual la Dian aplicará, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de esta sentencia, los mecanismos legales existentes o dispondrá la adopción de uno específico para ese efecto, si fuere necesario», indicó la Corte Constitucional.

Por otra parte, el alto tribunal pidió que los contribuyentes que, mientras el decreto estuvo vigente, accedieron a beneficios tributarios, los mantengan.

Cabe destacar que los magistrados Vladimir Fernández y Héctor Carvajal, salvaron sus votos, mientras que Jorge Enrique Ibáñez no pudo participar por estar impedido.

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Presidenta de la Comisión de Acusación suspende de su cargo al presidente Petro hasta el 21 de junio 

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La representante Gloria Elena Arizabaleta Corral expidió un auto mediante el cual ordena la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro hasta el próximo 21 de junio.

La presidenta de la Comisión Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Elena Arizabaleta, emitió un auto mediante el cual ordena la suspensión provisional del presidente de la República, Gustavo Petro Urrego por presunta participación en política.

La información fue revelada por el periodista Ricardo Ospina, director del servicio informativo de Blu Radio, en Mañanas Blu, donde se conocieron detalles de un documento de siete páginas firmado por la congresista investigadora.

Según explicó Ospina, la decisión se encuentra sustentada en un auto de sustanciación identificado con el radicado 7525, fechado el 10 de junio de 2026, en el que se ordena la suspensión provisional del jefe de Estado dentro de una investigación por presunta intervención en política.

La decisión conocida por Blu Radio
En el texto, Arizabaleta sostiene que la suspensión provisional constituye una medida cautelar que puede ser adoptada por el funcionario instructor durante una investigación por faltas graves o gravísimas. Para sustentar su determinación, cita el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019, además de diversas sentencias de la Corte Constitucional y otras decisiones judiciales.

De acuerdo con el documento, la congresista considera que se cumplen cuatro requisitos para decretar la suspensión provisional: que el funcionario investigado se encuentre ejerciendo el cargo, que los hechos investigados puedan constituir una falta grave o gravísima, que existan elementos de juicio que permitan concluir que su permanencia en el cargo podría interferir en la investigación o facilitar la continuidad de la conducta investigada y que la medida resulte idónea, necesaria y proporcional.

Los argumentos contenidos en el auto
La representante investigadora señala que Gustavo Petro ejerce actualmente la Presidencia de la República para el periodo 2022-2026 y que la conducta objeto de investigación podría encuadrarse dentro de la prohibición de intervención en política prevista en la legislación disciplinaria.

Asimismo, argumenta que la cercanía de la segunda vuelta presidencial prevista para el 21 de junio de 2026 y la difusión de mensajes a través de la cuenta oficial del mandatario entre el 6 y el 9 de junio constituirían elementos suficientes para inferir un riesgo de reiteración de la conducta investigada durante la contienda electoral.

En consecuencia, concluye que la suspensión provisional sería una medida adecuada para preservar el principio de neutralidad de los servidores públicos y evitar una eventual interferencia en el proceso electoral.

El documento también reconoce la existencia de una tensión constitucional respecto al fuero presidencial. En uno de sus apartados menciona que la Constitución establece que el presidente únicamente puede ser juzgado mediante acusación de la Cámara de Representantes y cuando el Senado haya declarado que existe mérito para la formación de causa. Sin embargo, la representante sostiene que la medida adoptada tiene un carácter cautelar y transitorio, por lo que considera que puede aplicarse en el marco de la investigación disciplinaria.

La suspensión se extendería hasta el 21 de junio

Uno de los puntos centrales de la decisión es el término de la medida. Según el auto conocido por Blu Radio, la suspensión provisional se extendería hasta el 21 de junio de 2026 a las 4:00 de la tarde, fecha en la que culminaría la segunda vuelta presidencial. La representante argumenta que la duración de la medida guarda relación directa con la naturaleza de la conducta investigada y con el periodo electoral en curso.

Además, el documento ordena comunicar la decisión al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para el cumplimiento de la medida y dispone la notificación tanto al mandatario como al Ministerio Público.

La investigación contra el presidente Petro

La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes abrió el martes una investigación disciplinaria contra el presidente Gustavo Petro para determinar si incurrió en una presunta intervención indebida en política a través de publicaciones realizadas en su cuenta de la red social X entre los años 2023 y 2025.

Los investigadores afirman que existen elementos suficientes para iniciar una etapa formal de investigación sobre 15 mensajes publicados por el mandatario. Según el auto conocido, dichas publicaciones podrían estar relacionadas con actividades, debates o controversias de naturaleza político-partidista, situación que deberá ser analizada para establecer si configura una eventual falta disciplinaria.

El documento señala que los contenidos examinados «revisten entidad suficiente para justificar el inicio de la actividad instructiva», cuyo propósito es verificar los hechos denunciados, esclarecer las circunstancias en las que ocurrieron y determinar si tienen relevancia jurídica dentro del marco de las restricciones que la Constitución y la ley imponen a los servidores públicos en materia de participación política.

Como parte de las diligencias ordenadas, la Comisión dispuso incorporar al expediente todas las publicaciones, capturas de pantalla y demás material digital recopilado durante la etapa preliminar. Además, se realizará una verificación técnica de los contenidos difundidos a través de la red social X para establecer su autenticidad y contexto.

La Policía Judicial adscrita a la Comisión tendrá la tarea de validar los mensajes objeto de investigación, identificar la información asociada a cada publicación y documentar aspectos como fechas de emisión, enlaces, alcance de los contenidos y posibles responsables de la administración de la cuenta. Asimismo, deberá garantizar la preservación y cadena de custodia de todo el material digital que sea incorporado al proceso.

En desarrollo de la investigación, la Comisión también solicitó al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) que, en un plazo de cinco días, certifique si la cuenta @petrogustavo ha sido registrada, reconocida o utilizada institucionalmente como un canal oficial de comunicación del jefe de Estado.

La información requerida por el organismo incluye detalles sobre las dependencias, funcionarios, contratistas, asesores o terceros que hayan tenido acceso a la cuenta del mandatario durante el actual gobierno. De igual forma, se pidió identificar los dispositivos utilizados para su administración y explicar los protocolos internos relacionados con la elaboración, revisión, aprobación, publicación, modificación y eliminación de contenidos difundidos a través de esa plataforma.

La Comisión también requirió copia de las políticas, directrices o instrucciones institucionales existentes sobre el uso de redes sociales por parte de funcionarios públicos y sobre las normas relacionadas con la participación en política. Además, solicitó información detallada sobre la estructura y funcionamiento de los equipos de prensa, comunicaciones y estrategia digital de la Presidencia desde el inicio del mandato de Gustavo Petro.

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Santiago Uribe, hermano del expresidente Uribe Vélez, se entregó a la justicia para cumplir condena de 28 años

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*El expresidente Álvaro Uribe lo confirmó con un mensaje en sus redes sociales.

Santiago Uribe, hermano del expresidente colombiano Álvaro Uribe (2002-2010), se entregó el martes en la noche a la Policía para cumplir su condena de 28 años de cárcel por crear y financiar el grupo paramilitar ‘Los 12 apóstoles’, informó el exmandatario.

«Santiago Uribe, mi hermano, llegó por sus medios a una comisaría de Policía para cumplir con la orden de captura», escribió el expresidente en un escueto mensaje publicado en su cuenta de X en el que no dio más detalles.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la semana pasada la condena de 28 años y tres meses de prisión contra el ganadero Santiago Uribe.

La Corte ratificó que el hermano del expresidente cometió los delitos de concierto para delinquir y homicidio, ambos agravados, al participar en la conformación de ‘Los 12 apóstoles’, un grupo paramilitar que nació en Yarumal, departamento de Antioquia, y también de estar implicado en el asesinato, en 1994, en esa población, de un hombre identificado como Camilo Barrientos.

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Magistrado del Tribunal de Bogotá ordena al candidato Abelardo de la Espriella abstenerse de usar la frase ‘Firme por la patria’

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*A través de una medida cautelar, también le ordenó retirar la propaganda política que incluyera símbolos patrios.
Abelardo

El magistrado Rafael Albeiro Chavarro, del Tribunal Superior de Bogotá, ordenó de manera provisional al candidato presidencial Abelardo de la Espriella abstenerse de utilizar el eslogan de campaña ‘Firme por la patria’ y retirar, en un plazo de 24 horas, toda la propaganda política que incluya símbolos patrios.

A través de un auto que admite una tutela, el magistrado ponente acogió las pretensiones del demandante y, de manera provisional, le ordenó a De la Espriella abstenerse de incurrir en el «uso indebido de los emblemas nacionales».

Para el accionante, esto afecta «la libertad electoral y de escogencia del conglomerado social y transmite el mensaje de que toda manifestación de oposición a esa campaña electoral, así como cualquier decisión contraria a esa propuesta política, constituye un acto de deslealtad con el Estado colombiano».

El demandante señaló que las normas electorales prohíben el uso de símbolos patrios en campañas para cargos de elección popular.

La restricción, explicó, busca erradicar conductas antidemocráticas que puedan afectar la institucionalidad del Estado colombiano y está consagrada en los artículos 5 de la Ley 130 de 1994 y 35 de la Ley 1475 de 2011.

Para el magistrado Chavarro, De la Espriella y su empresa política ‘Defensores de la Patria’ han afectado los derechos fundamentales a la libertad de elección y de escogencia al incluir y difundir de manera indebida símbolos patrios en su publicidad electoral.

En el auto argumenta que esta situación se agravó por la mora procesal injustificada en la que habría incurrido el Consejo Nacional Electoral (CNE) frente a una denuncia presentada el 14 de octubre de 2025, en la que se puso en su conocimiento esta falta.

Según el magistrado, esa omisión también habría generado un constreñimiento sobre los votantes, razón por la cual consideró procedente conceder la medida cautelar.

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