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Juez se abstiene de imponer medida de aseguramiento a Nicolás Petro, por caso Fucoso

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Había sido imputado por peculado por apropiación, tráfico de influencia, falsedad en documento público, falsedad en documento privado e interés indebido de contratos.

El juez 14 de control de garantías de Barranquilla, Jorge Alberto Ortiz, se abstuvo de imponer medida de aseguramiento domiciliaria al exdiputado del Atlántico, Nicolás Petro, imputado por cinco delitos.

La decisión fue apelada por la fiscal Lucy Marcela Laborde y el abogado de la defensa, Alejandro Carranza.

Ortiz consideró inicialmente que sí existía inferencia razonable por los delitos de peculado por apropiación e interés indebido en la celebración de contratos, pero no por tráfico de influencia de particular, falsedad ideológica en documento público y falsedad en documento privado.

El togado justificó su decisión asegurando que no hay peligro de que Nicolás Petro tenga la intención, o haya intentado obstruir a la justicia o que haya un peligro de fuga.

En desarrollo de la audiencia, el juez 14 de control de garantías que Nicolás, en los tres años de líos judiciales, Nicolás Petro no ha salido del país, a pesar de ser hijo del Jefe de Estado.

La Fiscalía señaló en la audiencia de formulación de imputación que Nicolás Petro presuntamente junto con Daysuris Vásquez, su expareja, se habrían apropiado de recursos que salieron de las arcas de la Gobernación del Atlántico hacia la Fundación Conciencia Social (Fucoso), donde al parecer Petro Burgos tendría influencia, y se desvió el 50% de los dineros que fueron a parar a manos de el exdiputado, de su expareja y del representante legal de la fundación, Gustavo De la Ossa.

El dinero de la Gobernación a la mencionada fundación sería de 400 millones de pesos para capacitaciones y atención de personas de la tercera edad en los municipios del Atlántico. Sin embargo, según la Fiscalía, solo se usaron 200 millones para tal propósito y los otros 200 se los habría quedado Petro Burgos con su expareja y las demás personas que presuntamente participaron en el hecho.

Además, según el ente acusador, habría falsificado documentos para la declaración de renta ante la Dian.

Este proceso va paralelo al que está en otro despacho judicial por los delitos de enriquecimiento ilícito de servidor público y lavado de activos en la época en que su papá era candidato presidencial.

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Corte Constitucional da vía libre a la Jurisdicción Agraria: comenzará a operar en 2027

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Miles de hectáreas y más de 200 expedientes agrarios esperan resolución, mientras Colombia alista tribunales rurales especializados desde 2027.

Después de una década desde la firma del Acuerdo de Paz, Colombia contará con una Jurisdicción Agraria y Rural que empezará a funcionar en 2027, tras una decisión de la Corte Constitucional que ordena su implementación progresiva.

Según la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y el Ministerio de Agricultura, la medida busca que los conflictos sobre tierras, producción agraria y tenencia rural sean resueltos por jueces especializados, una figura que hasta ahora no existía en el país.

La decisión también instruye al Consejo Superior de la Judicatura para que adelante la creación de juzgados y tribunales agrarios y rurales en todo el territorio nacional.

Además, el alto tribunal exhortó al Congreso de la República a aprobar antes del 20 de junio la ley ordinaria que establecerá el procedimiento especial agrario, requisito indispensable para completar la implementación de esta nueva jurisdicción.

Una deuda pendiente con el campo: MinAgricultura

La creación de esta jurisdicción responde a un compromiso establecido en el Punto 1 del Acuerdo Final de Paz, firmado en 2016, que contempló una justicia especializada para atender los conflictos de tierras en las zonas rurales.

Su objetivo, según la ANT, es ofrecer respuestas más rápidas y especializadas a disputas que han permanecido sin resolución.

La ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, advirtió que «restan pocas sesiones legislativas para aprobar la norma que definirá las competencias y procedimientos de estos despachos judiciales».

La Sentencia C-099 del 22 de abril de 2026 reiteró la urgencia de que el Congreso complete el desarrollo normativo del Acto Legislativo 03 de 2023.

Procesos agrarios represados

Juan Felipe Harman, director de la Agencia Nacional de Tierras, señaló que «la orden judicial establece la entrada en funcionamiento de esta jurisdicción a partir del próximo año».

La decisión se produjo luego de una demanda presentada por la entidad para acelerar su puesta en marcha.

Según ambas entidades, la ausencia de jueces especializados ha generado un represamiento significativo de procesos agrarios en el país. Entre 2025 y 2026, la Agencia Nacional de Tierras radicó 13 demandas que involucran 15 procesos sobre aproximadamente 16.400 hectáreas, todos en condiciones similares.

A esto se suman cerca de 210 procesos agrarios que actualmente cursan en fase administrativa y abarcan unas 45.000 hectáreas. Estos expedientes son considerados clave para avanzar en la meta de redistribuir tres millones de hectáreas a través del Fondo de Tierras.

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Corte Suprema confirma condena contra exdirector de la Policía Rodolfo Palomino por el delito de tráfico de influencias

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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el exdirector de la Policía, el general en retiro Rodolfo Palomino López, por tráfico de influencias.

La Sala cuestionó el uso indebido de su investidura y calificó su conducta como una “inaceptable desviación de poder”, al intentar interferir en una investigación judicial.

“De acuerdo con lo que se ha explicado, la Sala puede concluir que el entonces general Rodolfo Palomino López, exdirector de la Policía Nacional, se sirvió de sus competencias funcionales para contactar a través de uno de sus subalternos a la fiscal Sonia Lucero Velázquez Patiño”, comenzó por decir el magistrado Gerson Chaverra Castro.

Indicó que el motivo por el que Palomino se contactó con la fiscal no fue la coordinación interinstitucional para la provisión de apoyo logístico a los operativos ordenados por Sonia Velázquez, en el marco de la investigación adelantada contra algunos miembros del fondo ganadero de Córdoba.

“Las pruebas practicadas en el juicio oral permitieron conocer que el contacto con la funcionaria judicial fue propiciado por el general con el único objetivo de favorecer la situación jurídica del empresario Luis Gonzalo Gallo Restrepo, vinculado a la referida investigación como uno de los promotores del contubernio que se habría gestado entre las Autodefensas Unidas de Colombia y el fondo”, dijo el togado.

Sostuvo que Rodolfo Bautista Palomino “intercedió proactivamente” ante la funcionaria judicial durante la reunión del 8 de febrero de 2014, conversación durante la cual el “procesado le propuso a su interlocutora dejar quieto el proceso seguido contra el nombrado empresario”.

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Bebé de 20 días de nacida resultó herida, al igual que sus padres, en un ataque sicarial

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Un ataque sicarial se presentó en la tarde de este lunes en el barrio Colinas del Sol, en Puerto Colombia, Atlántico, luego de que hombres armados irrumpieron en una vivienda y atacaron a bala a los ocupantes de la misma.

Los sicarios dispararon en cuatro ocasiones contra un hombre e impactaron de igual manera a su pareja y a su bebé de escasos 20 días de nacida.

Los criminales emprendieron la huida en una motocicleta, mientras que la pareja y su pequeña hija fueron trasladados al Hospital Local de Puerto Colombia.

Un video aficionado muestra el momento en que el hombre es auxiliado por la Policía y trasladado en una motorizada al mencionado centro asistencial.

Por la complejidad de las heridas, la pequeña y su papá fueron remitidos a un centro asistencial de mayor complejidad.

Las víctimas fueron identificadas como Andrés Felipe González Pérez, de 32 años; Yorgelis Carolina Reyes German, de 25 años; y la bebé de 20 días de nacida.

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