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Petro anunciará nuevo decreto de salario mínimo, pero dice que el actual “tiene todos los criterios económicos”

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El Presidente Gustavo Petro anunció la expedición de un nuevo decreto que fijará el salario mínimo en Colombia después de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 mediante el cual se fijó el salario mínimo legal para el año 2026 en $1.750.905.

En defensa de la norma que estableció el incremento salarial, dijo el Jefe de Estado que “el decreto de salario vital es ordenado por la constitución y el decreto ya expedido tiene todos los criterios económicos que se han reflejado en él”.

Expresó que “así que el decreto transitorio que pide el magistrado, mientras resuelve de fondo el Consejo de Estado, seguirá las órdenes de la Constitución, respetaré su decisión pero actuaré de acuerdo a la constitución”.

Precisó que respetará la decisión del Consejo de Estado, que pide que en 8 días se expida un nuevo decreto mientras se estudia de fondo el del 23.7 %.

“El ministro de trabajo hará una reunión de concertación de inmediato y solicito la reunión de la coordinación de movimientos sociales para estudiar la actitud y el nuevo decreto que se expedirá”, expresó.

Explicó además que “la reunión de concertación se hará a luz de las últimas mediciones económicas y estudios, que muestran la incidencia marginal del salario vital en el incremento de precios en algunos productos alimenticios. También debe estudiarse la incidencia del alza de la tasa de interés en el empleo en Colombia y en el aumento del déficit y de los precios en Colombia”.

Así mismo invitó a los trabajadores del país a mostrar el desacuerdo de esta suspensión provisional.

“Suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la constitución que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno y sus derechos en materia de salario. Dado el carácter social o antisocial que una medida sobre salarios debe tener. Invito al pueblo trabajador a expresarse sobre este asunto”, reiteró.

Además, puntualizó que “el poder judicial debe saber que el gobierno se debe al voto que lo eligió y a la constitución nacional”.

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se fijó el salario mínimo legal para el año 2026 en $1.750.905.

Se trata de una medida provisional que no implica un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del acto, asunto que será resuelto en la sentencia.

El Consejo de Estado ordenó al Gobierno Nacional expedir y publicar, dentro de los 8 días calendario siguientes a la notificación de la providencia, un decreto transitorio que determine el porcentaje de aumento del salario mínimo para 2026 y el valor total correspondiente, el cual regirá hasta que se profiera decisión de fondo en el proceso.

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En zona costera de Sucre, incautan 865 kilos de clorhidrato de cocaína

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*En operativo de la Armada Nacional también se incautaron 385 galones de combustible.

Unidades de la Fuerza Naval del Caribe capturaron en flagrancia a un hombre e incautaron 865 kilos de clorhidrato de cocaína en una operación desarrollada en zona costera del departamento de Sucre.

La acción se llevó a cabo en el marco de las operaciones de control y vigilancia adelantadas por la Armada Nacional, orientadas a contrarrestar las actividades ilícitas y el tráfico de estupefacientes en las aguas del Caribe colombiano.

La operación se desarrolló tras detectar una embarcación sospechosa tipo “Go Fast” que navegaba a alta velocidad.

Al notar la presencia de las autoridades en el área, los tripulantes de la motonave sospechosa emprendieron la huida hacia la costa intentando evadir la acción de las autoridades. De manera inmediata, se desplegó una maniobra en tierra para asegurar el punto costero, logrando la captura en flagrancia de un sujeto y la movilización del material ilícito.

Durante el registro y control del sector, se hallaron 29 costales que contenían en su interior 861 paquetes rectangulares con una sustancia que, tras las Pruebas de Identificación Preliminar Homologada -PIPH-, realizadas por las autoridades competentes, arrojó positivo para clorhidrato de cocaína, con un peso neto de 865 kilos.

Así mismo, se incautaron siete canecas con combustible, las cuales contenían 385 galones, así como material tecnológico empleado para la navegación: una antena Starlink, un teléfono satelital, dos GPS, dos radios de comunicación punto a punto, tres teléfonos celulares, dos baterías portátiles, un inversor de corriente, dos cargadores de radio y una carta de navegación.

Con esta incautación se propina un golpe contundente a las finanzas de las organizaciones criminales transnacionales, estimado en más de 40 millones de dólares, y se evitó la distribución de más de dos millones de dosis en las calles del mundo.

El capturado y el material incautado fueron trasladados a la ciudad de Cartagena y puestos a disposición del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación.

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Juzgado ordena suspender la aspersión aérea con glufosinato de amonio en Colombia 

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*Para que el Gobierno remita información de posibles riesgos para la salud de las comunidades de Putumayo, territorio que iba a ser utilizado para un plan piloto.

El Juzgado Promiscuo 003 de Putumayo ordenó al Gobierno Nacional suspender la aspersión aérea con glufosinato de amonio, después de que fuera aprobado un plan piloto para la Policía Nacional en este departamento.

El operador de justicia indicó en la respuesta a la tutela que la medida estará vigente hasta que el Ejecutivo envíe la información que sustenta el uso de este químico.

Se busca establecer posibles riesgos para la salud de las comunidades, fuentes hídricas y cultivos.

El 9 de septiembre el Consejo Nacional de Estupefacientes autorizó un plan piloto para erradicar los cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glufosinato de amonio.

La Organización Mundial de la Salud considera este herbicida «moderadamente peligroso» y en Europa, por ejemplo, no está permitido.

Hay que recordar que en 2017 en Colombia se suspendió la aspersión aérea con glifosato, que es utilizado principalmente para combatir los cultivos de coca.

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Carros ‘caza infractores’ no podrán imponer multas sin un agente de tránsito presente

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El Ministerio de Transporte derogó la Circular 867 del 24 de diciembre de 2025 y emitió la Resolución N° 20263040036655, con lo que establece que los carros ‘caza infractores’ no pueden imponer comparendos sin la presencia de un agente de tránsito. Esto cuando son empleados como apoyo al control en las vías del país.

Desde la cartera indicaron que esta medida va encaminada a hacer del control de tránsito uno preventivo, visible y que proteja las vidas de los colombianos.

Según el Ministerio de Transporte, anteriormente había una «confusión» entre las figuras de cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos utilizados como apoyo a los agentes de tránsito.

Esto permitió que vehículos equipados con cámaras fueran utilizados para detectar infracciones y generar, posteriormente, comparendos, sin contar con la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) exigida para los sistemas de fotodetección.

«La nueva resolución corrige esta situación y establece una regla: si el dispositivo se utiliza como apoyo al control en vía, debe estar presente, visible e identificado un agente de tránsito que opere directamente el equipo y expida el comparendo», apuntó el ministerio.

Si la cámara opera de manera automática, sin la presencia del agente y el comparendo se genera posteriormente, deberá contar con autorización previa de la ANSV y cumplir las condiciones exigidas para los sistemas de fotodetección.

Entre los requisitos se encuentran la justificación técnica, la operación en un punto autorizado y la señalización visible, además de las condiciones establecidas en la normativa vigente.

El Ministerio de Transporte instruyó al SIMIT para que no registre las órdenes de comparendo generadas mediante estos vehículos cuando no se cumplan las condiciones establecidas para su utilización.

A su vez, será la Superintendencia de Transporte la encargada de vigilar el cumplimiento de la medida e investigará a las autoridades de tránsito que utilicen estos sistemas de manera irregular.

«Con esta decisión estamos poniendo orden en las vías: la tecnología debe estar al servicio de la seguridad de los colombianos y el control de tránsito debe cumplir su verdadero propósito: prevenir accidentes y salvar vidas», dijo la ministra de Transporte, Elsa Noguera.

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