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Gobierno elimina 15 distritos mineros: estas son las razones

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*Minminas dio 30 días para actualizar el catastro y argumentó falta de resultados en diversificación productiva.

El Ministerio de Minas y Energía derogó los actos administrativos que delimitaban 15 Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva, una figura que comprendía 5.340.192 hectáreas, equivalentes al 5% del territorio nacional.

La decisión quedó establecida en la Resolución 40579 del 22 de octubre de 2026. Según la cartera, la medida busca recuperar la certidumbre jurídica para la actividad minera y promover la inversión, tras señalar que no hubo resultados verificables en diversificación productiva.

Las delimitaciones comprendían zonas de 11 departamentos y el litoral Pacífico. Con la derogatoria, el Gobierno deja sin efecto los actos que establecieron estos distritos y ordena actualizar el Catastro Minero Colombiano para retirar las capas geográficas y las restricciones asociadas a sus polígonos.

La Agencia Nacional de Minería y las dependencias correspondientes del Ministerio tienen un plazo de 30 días para adelantar esta actualización.

La decisión modifica el instrumento con el que se buscaba articular la actividad minera con procesos de diversificación económica y productiva en distintas regiones. De acuerdo con el Ministerio, 14 de los 15 distritos se declararon durante 2026, mientras que el primero se había establecido en 2024. La cartera sostiene que las delimitaciones no se tradujeron en avances concretos que justificaran mantener esta figura.

Entre los argumentos expuestos por el Ministerio está la ausencia de resultados verificables en diversificación productiva, reconversión laboral, industrialización y mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades.

La entidad también señaló que no se formularon, aprobaron ni adoptaron los Planes Estratégicos de Gestión que debían orientar el desarrollo de los distritos, lo que, a su juicio, limitó la capacidad del instrumento para cumplir sus objetivos.

La cartera cuestionó, además, que las delimitaciones se establecieran sin suficiente concertación con alcaldes y gobernadores ni una articulación adecuada con los planes de ordenamiento territorial. Según el Ministerio, este procedimiento generó incertidumbre jurídica y pudo afectar las decisiones de inversión en las zonas delimitadas.

También argumentó que el instrumento pretendía sustituir actividades mineras lícitas sin garantizar alternativas productivas financiables y sostenibles.

La ministra de Minas y Energía, María Nohemí Arboleda Arango, defendió la necesidad de mantener la minería entre las actividades que pueden contribuir a la reactivación económica y a la transición energética. “Diversificar es sumar, no restar”, dijo el Ministerio.

El Gobierno plantea que retirar las delimitaciones permitirá impulsar la minería formal, fortalecer la exploración, ampliar el conocimiento geológico y promover el aprovechamiento de minerales estratégicos.

¿Cuáles son los 15 distritos mineros derogados y en qué departamentos estaban?

La resolución deja sin efecto los actos administrativos asociados a los siguientes distritos. Sus ubicaciones y el número de la resolución mediante la cual fueron delimitados son los siguientes:

Agrominero y Pesquero de la Subregión del Bajo Cauca (Antioquia): Resolución 40436 de 2024, sustituida por la Resolución 40577 de 2025.
Triángulo de Telembí (Nariño): Resolución 40143 de 2025.
Cordillera Nariñense: Resolución 40142 de 2026.
Noroccidente Nariñense: Resolución 40180 de 2026.
San Juan Chocó: Resolución 40189 de 2026.
Huila: Resolución 40321 de 2026.
Valle del Cauca: Resolución 40236 de 2026.
Sugamuxi-Tundama (Boyacá): Resolución 40251 de 2026.
Sur de Córdoba: Resolución 40351 de 2026.
La Guajira: Resolución 40406 de 2026.
Litoral Pacífico: Resolución 40188 de 2026.
Norte del Cauca: Resolución 40184 de 2026.
Corredor de Vida del Cesar: Resolución 40407 de 2026.
Santander 1 (Catatumbo y Área Metropolitana – Norte de Santander): Resolución 40322 de 2026.
Santander 2 (Zona Sur – Norte de Santander): Resolución 40344 de 2026.

El Ministerio considera que la derogatoria responde a criterios de mérito y conveniencia técnica y económica, y aclara que la decisión no constituye por sí misma un pronunciamiento sobre la validez de los actos durante el tiempo en que estuvieron vigentes.

Uno de los principales efectos inmediatos será la actualización de la cartografía minera oficial. En un plazo de 30 días, la Agencia Nacional de Minería y las dependencias competentes deberán retirar del Catastro Minero Colombiano las capas geográficas y las restricciones vinculadas a los distritos derogados.

El objetivo es que los registros oficiales reflejen la decisión administrativa y dejen de mostrar las delimitaciones correspondientes a esta figura.

Sin embargo, la derogatoria no significa que las 5,34 millones de hectáreas queden libres de toda regulación. La resolución deja sin efecto los actos que establecieron los distritos, pero las demás normas mineras, ambientales y territoriales aplicables a cada zona mantienen su vigencia. El alcance de la decisión se concentra, por tanto, en retirar esta figura específica.

El Ministerio también precisó que los derechos derivados de títulos mineros vigentes y de solicitudes de concesión en trámite quedan protegidos bajo la Ley 685 de 2001.

La resolución preserva, además, los derechos adquiridos, las prestaciones causadas, los actos administrativos en firme, los fallos ejecutoriados y los acuerdos colectivos anteriores que cuenten con fundamento jurídico propio.

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