La cita, que se gestionará ante una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia, podría llevarse a cabo bajo reserva estricta para proteger la identidad de las cuatro profesionales denunciantes. Esta es la fecha.
El próximo lunes 3 de agosto, a las 3:00 p. m., el reconocido periodista y presentador Jorge Alfredo Vargas Angulo deberá comparecer ante la justicia. La Fiscalía General de la Nación lo citó formalmente para imputarle los cargos por el delito de presunto acoso sexual.
La diligencia judicial se proyecta para adelantarse bajo reserva con el fin explícito de proteger la identidad de las víctimas denunciantes y prevenir cualquier escenario de revictimización en medio del proceso investigativo que adelantan las autoridades.
El proceso penal se fundamenta en los testimonios y acciones legales promovidas por cuatro jóvenes profesionales que se desempeñaron en Caracol Televisión entre los años 2024 y 2026. Dentro del material probatorio recopilado por el ente investigador hay chats y mensajes de texto que, de acuerdo con las pesquisas, poseían un explícito componente sexual.
Tras revelarse el caso el pasado 20 de marzo, fuentes cercanas al caso revelaron que las cuatro mujeres detallaron la manera sistemática en que presuntamente Vargas las abordaba en las instalaciones del canal para hacerles insinuaciones inapropiadas.
Ante la gravedad e impacto de los hechos, la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, dispuso la creación de un grupo de tareas especiales enfocado en recolectar elementos materiales probatorios y verificar cada señalamiento.
Por la relevancia institucional del involucrado, la conducción del expediente fue encomendada a la fiscal tercera delegada ante la Corte Suprema de Justicia. Las indagaciones apuntaron a que las conductas ocurrieron en el entorno laboral, concluyendo los investigadores que el presentador habría instrumentalizado su cargo, trayectoria y reconocimiento mediático para ejecutar tales actos.
La eventual privacidad de la citación reabrió la discusión sobre la publicidad de los actos procesales. Conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la Sentencia SU 141 de 2020, un juicio o audiencia penal solo puede revestir carácter privado cuando existan menores de edad implicados o cuando resulte imprescindible por afectación directa a la seguridad nacional.
De no cumplirse estas causales, la diligencia virtual debe ser abierta; sin embargo, en esta oportunidad la Fiscalía pedirá la reserva dada la extrema sensibilidad del caso.
El remezón interno derivó en la salida del comunicador. El 24 de marzo de 2026, Caracol Televisión anunció la terminación del contrato “de mutuo acuerdo” tras casi veinte años. En un comunicado dedicado al polémico caso, la empresa se pronunció.
“Después de 20 años de trabajo para Caracol Televisión, decidimos, de común acuerdo, dar por terminada mi relación laboral con la empresa, dada la coyuntura y la posición institucional, la cual resulta entendible”, expresaron en un comunicado.