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Corte Suprema de Justicia llama a indagatoria a cinco congresistas y un exrepresentante por corrupción en la UNGRD

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En el marco de la investigación por la presunta corrupción en el Congreso con recursos arañados irregularmente de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), este martes la Corte Suprema de Justicia llamó a indagatoria formal cinco congresistas y un exrepresentante.

Se trata de los senadores Liliana Bitar Castilla (Partido Conservador) y Juan Pablo Gallo (Partido Liberal), así como los representantes Wadith Alberto Manzur (Partido Conservador), Julián Peinado (Partido Liberal) y Karen Astrith Manrique (curul de víctimas). A ellos se suma el exrepresentante Juan Diego Múñoz (Partido Conservador).

La Sala de Instrucción de la Corte anunció que los investigará formalmente por el presunto delito de cohecho impropio. Por ello, serán citados a diligencia de indagatoria.

De acuerdo con la alta corte, los investigados participaron en presuntos acuerdos ilegales para aprobar proyectos y eventuales contrataciones en la Unidad. Lo anterior, tras analizar más de 50 pruebas documentales obtenidas con órdenes de policía judicial y más de 10 pruebas testimoniales.

“Esto permitió construir una hipótesis, según la cual los investigados, como miembros de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público (CICP), habrían aceptado emitir conceptos respecto de operaciones de crédito público presentadas por el Ministerio de Hacienda, a cambio de dádivas que se materializarían en contratos de la UNGRD”, explicó la Corte Suprema.

Según el tribunal, a cambio de avalar los conceptos de operaciones de crédito, los congresistas supuestamente habrían acordado dádivas, correspondientes a proyectos que se tramitarían en la UNGRD, en Cotorra (Córdoba), Saravena (Arauca) y en Carmen de Bolívar (Bolívar).

“En los últimos 18 días del periodo de sesiones del año pasado, entre el 28 de noviembre y el 15 de diciembre, en la CICP se emitieron 13 de los 18 conceptos que, en total, el Ministerio de Hacienda presentó a consideración de los miembros de esa comisión durante el 2023”, agregó la Corte.

Por estos hechos hay una investigación preliminar contra el senador Julio Elías Chagüi Flórez (Partido de La U). En su caso, la Sala consideró que las supuestas irregularidades de las que se lo señala corresponden a situaciones distintas a las que se investigan en este momento.

“Por tratarse de hechos distintos, se decidió enviar a reparto lo correspondiente al aforado Chagüi Flórez, para que, en otro radicado, se asigne un magistrado para que conozca de tales señalamientos”, concluyó la Corte.

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Congreso aprueba en último debate proyecto que prohíbe el matrimonio infantil en Colombia

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En último debate, la plenaria del Senado avaló este miércoles un proyecto de ley que prohíbe el matrimonio infantil y las uniones tempranas, tanto entre menores de edad, como entre menores de edad y adultos.

La iniciativa, que había naufragado en ocho oportunidades en el Parlamento, fue liderada por las representantes Jennifer Pedraza (Dignidad) y Alexandra Vásquez (Pacto Histórico). En ella se establece que ningún juez ni notario podrá legalizar un matrimonio que vincule a un menor de edad.

“Con este proyecto se elimina del Código Civil el matrimonio infantil que hasta el día de hoy estaba permitido de los 14 años en adelante con permiso de los padres, lo cual había generado –lamentablemente– un mercado de niños y niñas, quienes eran usados como moneda de cambio para ganado, recursos, lotes y otras transacciones”, destacó Pedraza.

Según la congresista, Colombia ocupa el puesto número 20 en la tasa de matrimonios a nivel mundial. De hecho, se estima que, hasta 2015, al menos una de cada cuatro mujeres (28 %) se había casado antes de cumplir 18 años. A nivel mundial se calcula que diariamente se presentan 33.000 casos de matrimonios infantiles.

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Corte Suprema le negó la libertad al exparamilitar Salvatore Mancuso

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Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar que el Gobierno convirtió en gestor de paz, sufrió un revés en la Corte Suprema de Justicia. Este miércoles la Sala de Casación Penal resolvió un recurso que terminó por ratificar la negativa de su libertad.

El excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia está libre desde el 10 de julio, cuando el Inpec le entregó la boleta de salida de la cárcel La Picota.

Sin embargo, la previa a su excarcelación estuvo desbordada en recursos y maniobras jurídicas con las que sus abogados pretendían desenredar el nudo legal que lo mantenía preso.

Uno de esos recursos –y que este miércoles resolvió la Corte– se remonta a principios de este 2024. Sus abogados pedían la libertad y argumentaban que el exparamilitar había sido designado gestor de paz por el Gobierno. Pero, entonces, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla negó la libertad.

En la decisión, los magistrados le recordaron al exjefe paramilitar las deudas pendientes con las víctimas en el Colombia: tenía 60.000 hechos criminales por los que no había respondido. La decisión de sus abogados fue apelar ante la Corte e intentaron buscar la libertad por otros medios.

La decisión de este miércoles le dio la razón al Tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla. “Debe salvaguardarse la justicia y los derechos de las víctimas de graves violaciones de DD. HH., lo que impide que actualmente se puedan otorgar beneficios excesivos a los máximos responsables de este tipo de conductas” afirmó la Sala.

La Sala criticó el hecho de que Mancuso no tenga “límite” de tiempo para desempeñar sus labores de gestor de paz y afirmó que con ello se envía un mensaje equivocado a las víctimas.

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Presidencia expide decreto de situación de desastre por 12 meses

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La Presidencia expidió este miércoles el decreto 1372 de noviembre de 2024, en el que declara la situación de desastre en todo el territorio nacional por 12 meses.

Esta medida puede ser prorrogable, con previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.

«Mientras esté vigente la situación de desastre y previa evaluación de daños y análisis de necesidades que adelante el respectivo municipio y con observancia del Plan de Acción Específico, las obras de reconstrucción de viviendas, equipamiento y establecimientos de comercio, o infraestructura agropecuaria que haya sido afectada en virtud de los hechos que motivan la presente declaración de desastre, no requerirán la expedición de licencias urbanísticas», se puede leer en el decreto.

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) elaborará un Plan de Acción Específico para la rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas, que será de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas o privadas que deban contribuir a su ejecución, en los términos señalados.

El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres manejará los recursos para la respuesta y recuperación del desastre, los cuales deben ser garantizados por el Ministerio de Hacienda.

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