La reducción de la jornada laboral en Colombia ha sido un proceso gradual, establecido por la Ley 2101 de 2021, cuyo objetivo es disminuir la jornada máxima semanal de 48 a 42 horas, sin reducir el salario ni las prestaciones sociales.
Colombia venia trabajando con las 48 horas semanales inspirado en el Convenio sobre las horas de trabajo (Industria), 1919 (Convenio núm. 1).
Sin embargo, su evolución a partir del año 23 ha sido progresiva de la siguiente manera:
Fecha de entrada en vigor
Jornada máxima semanal
Antes del 15 de julio de 2023
48 horas
15 de julio de 2023
47 horas
15 de julio de 2024
46 horas
15 de julio de 2025
44 horas
15 de julio de 2026
42 horas (meta final).
Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima legal quedó establecida en 42 horas semanales, culminando el cronograma previsto por la Ley 2101 de 2021.
Esta reducción forma parte de una política más amplia de modernización del régimen laboral colombiano, complementada por cambios recientes en recargos por trabajo dominical y festivo introducidos mediante la reforma laboral de 2025.
Vale la pena destacar que con ello no se debe afectar:
El salario.
Las prestaciones sociales.
El valor de las vacaciones ni la seguridad social.
Los derechos adquiridos por los trabajadores.
Por su parte, las empresas para equilibrar las cargas y la productividad ha implementado:
La Redistribución de turnos.
Mayor automatización de procesos.
Trabajo híbrido o flexible.
Optimización de horarios y tiempos muertos.
Después del 15 de Julio del 2.026 no habrá mas reducción de horario.
La tendencia en las economías desarrolladas y en varios países latinoamericanos ha sido reducir la jornada laboral sin disminuir el salario, con el propósito de:
Mejorar la salud y el bienestar de los trabajadores;
Aumentar la productividad por hora trabajada;
Facilitar la conciliación entre la vida laboral y personal; y
Disminuir el agotamiento y el ausentismo.
La evidencia disponible muestra que los países con jornadas más cortas, como Francia, los Países Bajos o Dinamarca con jornadas de 35 a 38 horas semanales, mantienen niveles elevados de productividad, lo que sugiere que trabajar más horas no implica necesariamente producir más.
Mientras que la India , Bután, y algunos del Medio Oriente registran algunos de los promedios más altos del mundo, con trabajadores que superan las 45–50 horas semanales.
En Latinoamérica, Colombia se destaca como el 2do país con una jornada de 42 horas, siendo Chile, el primero con una jornada de 40 horas semanales.
El Convenio núm. 47 de la OIT de 1933 y la Recomendación núm. 116 de 1.962 son los instrumentos internacionales que tratan de forma más directa la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales.
Esta reducción aplica para todo trabajador que este con contrato de trabajo e incluye a empleadas domésticas, niñeras, mayordomos, conductores de servicio familiar, cuidadores, jardineros, etc. y todo trabajo que pase los limites debe ser remunerado como horas extras y recargos laborales.
Si un empleador, no acepta esta nueva carga de horas se expone a reclamaciones judiciales y administrativas.
Víctor Ríos Mercado
Abogado Magister en Derechos Humanos
Instituto Europeo Campus Stellae de España
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