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Auditoría confirma que hijo de María Fernanda Cabal habría recibido millonario subsidio de manera irregular

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Se trata de beneficios otorgados por Finagro al hijo de la senadora María Fernanda Cabal y el presidente de Fedegán, José Félix Lafaurie.

El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, habría encontrado inconsistencias estructurales en un crédito y un subsidio de Incentivo a la Capacitación Rural (ICR) concedidos al abogado penalista Juan José Lafaurie Cabal, hijo de la senadora del Centro Democrático María Fernanda Cabal y el presidente de Fedegán, José Félix Lafaurie.

Según información de El Reporte Coronell, la auditoría ordenada por Finagro habría encontrado “una secuencia de inconsistencias estructurales sobre la tenencia de la tierra y la identificación de los beneficiarios del proyecto”.

Hallazgos de la auditoría al crédito
Juan José Lafaurie Cabal habría recibido un crédito blando por 400 millones de pesos, de los cuales $95.273.700 habrían sido pagados por los contribuyentes a través de un subsidio de ICR, concedido en calidad de pequeño productor.

Lafaurie Cabal habría declarado que era el dueño de la tierra en la que se invertirían los recursos públicos. Esto, en un formulario entregado para recibir los beneficios.

Cabe aclarar que el Estado figuraría como el fiador del 80 % de la deuda, a través de una garantía FAG (Fondo Agropecuario de Garantías).

La auditoría habría verificado en los registros de propiedad que la tierra no es suya, sino de una empresa: Inversiones Lafaurie Cabal. Esa empresa le habría comprado tierra a Lafaurie padre.

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En zona costera de Sucre, incautan 865 kilos de clorhidrato de cocaína

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*En operativo de la Armada Nacional también se incautaron 385 galones de combustible.

Unidades de la Fuerza Naval del Caribe capturaron en flagrancia a un hombre e incautaron 865 kilos de clorhidrato de cocaína en una operación desarrollada en zona costera del departamento de Sucre.

La acción se llevó a cabo en el marco de las operaciones de control y vigilancia adelantadas por la Armada Nacional, orientadas a contrarrestar las actividades ilícitas y el tráfico de estupefacientes en las aguas del Caribe colombiano.

La operación se desarrolló tras detectar una embarcación sospechosa tipo “Go Fast” que navegaba a alta velocidad.

Al notar la presencia de las autoridades en el área, los tripulantes de la motonave sospechosa emprendieron la huida hacia la costa intentando evadir la acción de las autoridades. De manera inmediata, se desplegó una maniobra en tierra para asegurar el punto costero, logrando la captura en flagrancia de un sujeto y la movilización del material ilícito.

Durante el registro y control del sector, se hallaron 29 costales que contenían en su interior 861 paquetes rectangulares con una sustancia que, tras las Pruebas de Identificación Preliminar Homologada -PIPH-, realizadas por las autoridades competentes, arrojó positivo para clorhidrato de cocaína, con un peso neto de 865 kilos.

Así mismo, se incautaron siete canecas con combustible, las cuales contenían 385 galones, así como material tecnológico empleado para la navegación: una antena Starlink, un teléfono satelital, dos GPS, dos radios de comunicación punto a punto, tres teléfonos celulares, dos baterías portátiles, un inversor de corriente, dos cargadores de radio y una carta de navegación.

Con esta incautación se propina un golpe contundente a las finanzas de las organizaciones criminales transnacionales, estimado en más de 40 millones de dólares, y se evitó la distribución de más de dos millones de dosis en las calles del mundo.

El capturado y el material incautado fueron trasladados a la ciudad de Cartagena y puestos a disposición del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación.

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Juzgado ordena suspender la aspersión aérea con glufosinato de amonio en Colombia 

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*Para que el Gobierno remita información de posibles riesgos para la salud de las comunidades de Putumayo, territorio que iba a ser utilizado para un plan piloto.

El Juzgado Promiscuo 003 de Putumayo ordenó al Gobierno Nacional suspender la aspersión aérea con glufosinato de amonio, después de que fuera aprobado un plan piloto para la Policía Nacional en este departamento.

El operador de justicia indicó en la respuesta a la tutela que la medida estará vigente hasta que el Ejecutivo envíe la información que sustenta el uso de este químico.

Se busca establecer posibles riesgos para la salud de las comunidades, fuentes hídricas y cultivos.

El 9 de septiembre el Consejo Nacional de Estupefacientes autorizó un plan piloto para erradicar los cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glufosinato de amonio.

La Organización Mundial de la Salud considera este herbicida «moderadamente peligroso» y en Europa, por ejemplo, no está permitido.

Hay que recordar que en 2017 en Colombia se suspendió la aspersión aérea con glifosato, que es utilizado principalmente para combatir los cultivos de coca.

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Carros ‘caza infractores’ no podrán imponer multas sin un agente de tránsito presente

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El Ministerio de Transporte derogó la Circular 867 del 24 de diciembre de 2025 y emitió la Resolución N° 20263040036655, con lo que establece que los carros ‘caza infractores’ no pueden imponer comparendos sin la presencia de un agente de tránsito. Esto cuando son empleados como apoyo al control en las vías del país.

Desde la cartera indicaron que esta medida va encaminada a hacer del control de tránsito uno preventivo, visible y que proteja las vidas de los colombianos.

Según el Ministerio de Transporte, anteriormente había una «confusión» entre las figuras de cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos utilizados como apoyo a los agentes de tránsito.

Esto permitió que vehículos equipados con cámaras fueran utilizados para detectar infracciones y generar, posteriormente, comparendos, sin contar con la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) exigida para los sistemas de fotodetección.

«La nueva resolución corrige esta situación y establece una regla: si el dispositivo se utiliza como apoyo al control en vía, debe estar presente, visible e identificado un agente de tránsito que opere directamente el equipo y expida el comparendo», apuntó el ministerio.

Si la cámara opera de manera automática, sin la presencia del agente y el comparendo se genera posteriormente, deberá contar con autorización previa de la ANSV y cumplir las condiciones exigidas para los sistemas de fotodetección.

Entre los requisitos se encuentran la justificación técnica, la operación en un punto autorizado y la señalización visible, además de las condiciones establecidas en la normativa vigente.

El Ministerio de Transporte instruyó al SIMIT para que no registre las órdenes de comparendo generadas mediante estos vehículos cuando no se cumplan las condiciones establecidas para su utilización.

A su vez, será la Superintendencia de Transporte la encargada de vigilar el cumplimiento de la medida e investigará a las autoridades de tránsito que utilicen estos sistemas de manera irregular.

«Con esta decisión estamos poniendo orden en las vías: la tecnología debe estar al servicio de la seguridad de los colombianos y el control de tránsito debe cumplir su verdadero propósito: prevenir accidentes y salvar vidas», dijo la ministra de Transporte, Elsa Noguera.

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