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Alivio a personas con multas de tránsito: así pueden acceder al 50% de descuento

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Las multas de tránsito en Colombia, regidas por el Código Nacional de Tránsito, se clasifican en cinco categorías según la gravedad de la infracción cometida, con valores que oscilan entre $173.300 y $1.950.000. Estos costos pueden resultar elevados y afectar el presupuesto de los conductores. Sin embargo, existe la posibilidad de acceder a descuentos del 50% y el 25% mediante la realización de un curso pedagógico y el pago de la infracción dentro de los plazos establecidos.

Aunque estos costos pueden resultar elevados y afectar el presupuesto de los conductores, existe la posibilidad de acceder a descuentos del 50% y el 25% mediante la realización de un curso pedagógico y el pago de la infracción dentro de los plazos establecidos.

Los conductores que hayan recibido comparendos por incumplir las normas del Código Nacional de Tránsito pueden verificar sus sanciones a través del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit). Los infractores pueden ser notificados de diversas maneras: físicamente en la dirección registrada, por correo electrónico, por teléfono, mediante un edicto en el periódico, o a través del sitio web de las entidades de tránsito de cada ciudad. Esta diversidad de métodos de notificación asegura que los afectados conozcan su situación y puedan tomar decisiones informadas.

¿Cómo obtener descuentos en las multas de tránsito en Colombia?

En Colombia, los ciudadanos que incurran en infracciones de tránsito pueden acceder a descuentos de hasta un 50% en sus comparendos si cumplen con ciertos plazos y requisitos establecidos. Este beneficio está diseñado para fomentar el cumplimiento de las normas de tránsito y garantizar la seguridad vial, según informaron las autoridades de tránsito.

Para acceder a los descuentos, los conductores sancionados deben realizar un curso pedagógico y cumplir con los términos específicos. En el caso de las sanciones impuestas mediante cámaras electrónicas, se puede obtener un descuento del 50% si se paga dentro de los primeros 11 días hábiles tras la notificación del comparendo. Entre los días 12 y 26, el descuento se reduce al 25%.

Para los comparendos impuestos directamente en la vía, el descuento del 50% es aplicable si se paga dentro de los primeros cinco días hábiles, mientras que entre los días 6 y 20, el descuento será del 25%. Este proceso no solo ofrece beneficios económicos a los infractores, sino que también promueve una mayor conciencia y educación vial, destacó el Simit.

Es importante aclarar que estos descuentos no está reñido con el derecho a la defensa, pues los infractores tienen derecho a apelar la decisión si consideran que el comparendo fue injusto o incorrecto. Esta doble vía de acción permite una mayor transparencia y equidad en la aplicación de la ley.

Las infracciones son capturadas tanto por cámaras electrónicas como por agentes de tránsito en el lugar de la infracción. Dichos dispositivos y personal monitorean y controlan el flujo de vehículos y, cuando se detecta una infracción, el comparendo se genera y se notifica al infractor. “Todo esto está diseñado para fomentar un comportamiento vial responsable y seguro”, afirmó una fuente oficial del Instituto Nacional de Tránsito.

¿Cómo obtener el 50% en las multas de tránsito en Colombia?

Los conductores de Colombia pueden obtener un descuento del 50% en sus comparendos de tránsito tras realizar un curso pedagógico de dos horas. Es necesario estar inscrito y activo en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt). Los interesados deben asistir el día y hora estipulados para su cita. El descuento aplica por cada comparendo impuesto, y el valor se liquida en el punto de atención donde se agendó la cita.

Una vez terminado el curso pedagógico, se expide el volante de pago para cancelación en línea a través de PSE o en bancos autorizados. Para disfrutar del descuento, es indispensable realizar el curso pedagógico y pagar el comparendo dentro de los plazos establecidos, conforme al Artículo 205 del Decreto 019 de 2012.

Si el infractor se encuentra fuera de Bogotá o hay falta de disponibilidad en la Secretaría de Movilidad, el curso puede realizarse en un Centro Integral de Atención (CIA) u organismo de tránsito autorizado por el Ministerio de Transporte, en cuyo caso debe pagar el 25% del valor adeudado. En Bogotá, los conductores pueden realizar el curso en puntos autorizados con agendamiento previo a través de la Ventanilla Única de Servicios.

 

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