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Tras un debate del presidente del Senado Efraín Cepeda y Andrés Vásquez, se acaba la » obligación» de pagar Sayco y Acinpro en Colombia

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*Con tres jurisprudencias y un nuevo decreto presidencial se terminó de aclarar este tema de importancia nacional.

*Con esta información se benefician más de 500 mil establecimientos comerciales en todo el país como hoteles, restaurantes, tiendas, almacenes, discotecas, billares, fuentes de soda, clubes, gimnasios, salones de belleza, panaderías, empresas de transporte público, canales de televisión, emisoras. entre otros negocios.

Nunca desfalleció en su propósito de demostrar el presunto monopolio que implicaba que el cobro de los derechos de autor en Colombia estuviera solamente en manos de la empresa privada Sayco-Acinpro.

Por eso, desde hace nueve años, Andrés Vásquez, un joven emprendedor de la provincia del Cesar, se dedicó a la tarea de estudiar e investigar el tema hasta que consiguió demostrar que efectivamente se estaba incurriendo en un presunto monopolio por parte de Sayco-Acinpro.

“Esto es un asunto de mucha importancia para los comerciantes y empresarios del espectáculo en Colombia. El Tribunal Administrativo de Buga, departamento del Valle, profirió una sentencia en la cual queda claro que ningún establecimiento comercial en Colombia está obligado a pagar la «factura» que Sayco les envía a estos, si ya han cumplido con ese requisito con la otra empresa legitimada por el Estado, como lo es Dinalo Upidir Colombia. En ese sentido, Sayco no puede iniciar ningún proceso ejecutivo en contra de ellos porque nadie está obligado a cumplir con un requisito de ley dos veces”, explicó Vásquez.

El especialista agregó que «después que se hizo el debate en el Congreso de la República con el senador Efraín Cepeda, actual presidente de esa corporación legislativa, él dijo que iba a demostrar que efectivamente el Congreso no tenía el desconocimiento en el tema, y lógicamente después de hacer todas las investigaciones, y que se produjeran pronunciamientos de las entidades correspondientes se determinó que efectivamente no es una obligación pagar Sayco-Acinpro en Colombia. Sí se debe cumplir con el pago por concepto de derechos de autor, pero que no es una obligación pagarles a Sayco-Acinpro. Eso lo dicen las últimas tres jurisprudencias y el nuevo decreto presidencial».

De igual modo enfatizó que «con respecto al pago por concepto de derechos de autor está claro que no existe ninguna obligación por parte de los establecimientos comerciales que deben cumplir con este requisito que estén obligados a pagarle a Sayco-Acinpro, eso fue un presunto monopolio que existía, pero efectivamente la ley siempre estuvo clara, y fue necesario hacer unos debates en el Congreso de la República, y gracias al hoy presidente del Congreso, senador Efraín Cepeda, quien en su momento manifestó que el Congreso iba a estudiar e investigar este tema a fondo, para demostrar que el congreso no tenía el desconocimiento de esa información, por ello, hoy gracias a todo ese trabajo que se hizo se dio un nuevo decreto presidencial y existen tres jurisprudencias del año pasado, donde ningún establecimiento comercial en Colombia está obligado a pagarle a Sayco y Acinpro», recalcó el especialista.

Destacó que a esos fallos judiciales se suma el Decreto 1007 del 14 de junio de 2022 que acaba igualmente con ese monopolio que existía. Este Decreto, según él, es el que regula toda la normatividad en cuanto al cumplimiento del requisito de ley por concepto de Derechos de Autor, cómo trámite administrativo para la legalidad de las actividades económicas en el Art 87 numeral 5 de la ley 1801 del 2016. “Mucha gente creía que el pago por derecho de autor solo se podía hacer ante Sayco-Acinpro. Hoy los establecimientos pueden hacerlo igualmente ante la otra empresa debidamente autorizada, es decir ante Dinalo Upidir”, subrayó Andrés Vásquez.

Es enfático al señalar que, de igual modo, “la Superintendencia de Industria y Comercio le impuso una multa a Sayco, porque ellos les decían a los establecimientos que eran los únicos avalados para expedir el paz y salvo por concepto de derechos de autor, también por su imposición, arbitrariedad y competencia desleal”.

“Entonces aquí estamos ante un hecho histórico que favorece a restaurantes, hoteles, tiendas, almacenes, discotecas, billares, emisoras, canales de televisión, etc, que deben cumplir con el pago por concepto de derechos de autor, que por falta de conocimiento, creían que solo se debía hacer ante Sayco y Acinpro, Según el fallo del Tribunal Administrativo de Buga y el Decreto presidencial ese pago se puede hacer ahora también ante Dinalo Upidir y no están obligados a pagar dos veces por el mismo requisito de Ley”, precisó el especialista.

“Existen parámetros vigentes que establece el Decreto presidencial para realizar pagos justos en el cumplimiento del requisito de ley por concepto de derechos de autor. Por su parte la sentencia A430 del 2022, deja bien claro que las Alcaldías y empresarios no son solidariamente responsables en el trámite administrativo del cumplimiento del requisito, pues su competencia llega hasta cumplir y verificar”, puntualizó Vásquez, representante legal de la empresa La Solución Colombia.

Agregó que «aquí estamos para manejar los derechos y deberes que cada ciudadano tiene y que gracias al cumplimiento de la Ley y el conocimiento de esta, todos los establecimientos comerciales puedan beneficiarse económicamente con esta información.

Vásquez recordó que «la ley 1801 de 2016 en su artículo 87 numeral 5 establece las obligaciones que tienen todos los establecimientos comerciales en el país, con respecto al pago por concepto de Derechos de Autor. Esto era un tema, poco conocido por los comerciantes, que creían que estaban obligados a pagarle a la empresa Sayco y Acinpro, lo cual ha quedado demostrado y ratificado que no es así».

Cabe destacar que en el marco del debate realizado en el Congreso en esa oportunidad el senador Efraín Cepeda fue claro al señalar que “estoy preocupado con el accionar de suprema arrogancia de Sayco, en el toma o lo deja. En el tema de que ‘somos una sociedad de derecho privado’, el insistir en que las tarifas deben ser concertadas. La verdad, me da asco señor Director Jurídico lo que usted ha dicho y aquí veremos si el Congreso de la República tiene el desconocimiento o desinformación”.

Para ahondar y obtener mayor información al respecto 3215439712. https://www.lasolucioncolombia.com.co/

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