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Revelan antecedentes penales de mujer que logró tumbar transmisión del Consejo de ministros en canales privados

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El director del DPS, Gustavo Bolívar, compartió noticias de 2014 que indican que la ciudadana María Cristina Cuéllar Cárdenas fue sentenciada a nueve años de prisión por el delito de fraude procesal, por haber alterado los estados financieros de una empresa.

El director del DPS reveló que María Cristina Cuéllar Cárdenas fue hallada culpable del delito de fraude procesal. La abogada intentó llegar a casación tras la condena proferida en su contra – Ministerio de Minas y Colprensa
Por decisión del Consejo de Estado, el Gobierno nacional tendrá que abstenerse de transmitir los consejos de ministros a través de canales privados de televisión, en el canal Uno y en los canales locales, regionales y comunitarios. Esto, como resultado del estudio de una tutela que presentó una ciudadana identificada como María Cristina Cuéllar Cárdenas.

De acuerdo con el fallo del máximo juez de la administración pública, la mujer, que ejerce como abogada ocasionalmente, se quejó porque, en por lo menos dos oportunidades, no pudo acceder a contenidos de su interés, debido a que el Consejo de ministros del Gobierno del presidente Gustavo Petro interrumpió otras programaciones de manera “intempestiva”.

“La parte actora alegó que la autoridad accionada vulneró su derecho fundamental a la información porque con la transmisión de los consejos de ministros a través de medios radiales y televisivos, tanto públicos como privados, se restringía de manera desproporcionada la posibilidad de elegir libremente los temas que eran de su interés”, indicó el Consejo de Estado en el documento.

El Consejo de Estado amparó el derecho a la información de la ciudadana demandante, que se quejó de la transmision.

Tras evaluar los argumentos de la demandante, el juez de la administración pública dio la razón a la ciudadana, amparando su derecho a la información, que fue vulnerado por la transmisión de las reuniones del gabinete ministerial, las cuales suelen tardar varias horas. En ese sentido, ordenó al presidente de la República, a la Presidencia de la República (Dapre) y a la CRC dejar de mostrar los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta.

Los antecedentes penales de la demandante

La decisión del Consejo de Estado no gustó a los funcionarios del Gobierno. El director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), Gustavo Bolívar, se pronunció al respecto, asegurando que la limitación en las transmisiones obedece a que la información revelada en los encuentros del gabinete han generado incomodidad. “Obvio les debe molestar mucho que se sigan destapando ollas podridas desde el gobierno. #CensurarNoEsPluralidad”, precisó en X.

Además, reveló antecedentes penales que tuvo la demandante María Cristina Cuellar Cárdenas, junto con su esposo, Arnaldo Tascón. De acuerdo con noticias compartidas por el funcionario, publicadas en 2014, estas personas, que fundían como asesores jurídico y contable de la compañía Molinos del Cauca, fueron condenados a nueve años de cárcel luego de que el Juzgado 28 Penal del Circuito de Bogotá los declarara culpables del delito de fraude procesal, en calidad de coautores.

Para entonces, los exasesores fueron señalados de haber alterado los estados financieros de la empresa para mostrar liquidez ante la Superintendencia de Sociedades.

“María Cristina Cuellar Cárdenas y Arnaldo Tascón Saavedra, quienes fueran asesores jurídico y contable de la empresa presentaron ante la Superintendencia de Sociedades el 30 de junio de 2005, estados financieros falsos logrando con ello que esta entidad los acogiera a la promoción y acuerdos de reestructuración en los términos y finalidades de la Ley 550 de 1999 (Reestructuración de Pasivos), a sabiendas de que ya se encontraban en causal de liquidación”, detalló la Fiscalía General de la Nación en un boletín informativo emitido el 27 de mayo de 2014.

Por este caso también fueron imputados Luis Germán Osorno Calero, exrepresentante legal de Molinos del Cauca S.A.; Rodrigo de Jesús Palacio García, ex revisor fiscal titular; Yolanda de Jesús Vanegas Oquendo, ex revisora fiscal suplente; y Clara Isabel Rodríguez Diez, excontadora.

Los exasesores alteraron los estados financieros de la empresa para mostrar liquidez ante la Superintendencia de Sociedades.

Cuellar Cárdenas y Tascón Saavedra apelaron la sentencia, proferida finalmente el 30 de abril de 2015 por el Juzgado 28 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.

Posteriormente, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión de primera instancia. Los exasesores volvieron a rechazar el fallo de segunda instancia, recurriendo a una demanda de casación, pero la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia no admitió el recurso. Ante su decisión procedía el mecanismo de insistencia.

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Pánico por balacera en un centro comercial: dos sujetos abatidos y un policía herido

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*En otro hecho, dos personas resultaron heridas en el barrio El Romance, en Barranquilla.

Dos hechos violentos se presentaron en la tarde de este sábado en Barranquilla y su área metropolitana.

El primero de ellos ocurrió en el barrio El Manantial, en una de las entradas del centro comercial Nuestro Atlántico, en el municipio de Soledad.

En el mencionado lugar se presentó una balacera entre dos hombres y un policía, adscrito a la Sijin, quien habría accionado su arma de dotación para enfrentarse a los dos sospechosos.

De manera preliminar se conoció que el policía abatió a los dos presuntos delincuentes y el uniformado resultó herido, por lo que fue trasladado a un centro asistencial cercano.

Varias patrullas de la Policía hicieron presencia en el lugar para acordonar la zona. De momento, las autoridades no han confirmado las identidades de los dos sospechosos abatidos.

Dos baleados en el barrio El Romance

De otro lado, también en la tarde de este sábado, dos personas resultaron heridas en un ataque sicarial ocurrido en el barrio El Romance, en el suroccidente de Barranquilla.

Entre los lesionados, según testigos, hay una menor de edad.

Los dos heridos fueron trasladados a la Clínica San Ignacio.

Las autoridades no han revelado las identidades de los heridos.

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En atentado criminal matan a un hombre y hieren a su hermano

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Ocurrió en la vía Circunvalar con calle 110, a la altura del barrio Villa Santos, norte de Barranquilla.

Un hombre muerto y otro herido dejó un ataque armado en la Circunvalar con calle 110, barrio Villa Santos, en el norte de Barranquilla.

La víctima mortal fue identificada como Jhonatan Rodríguez Guerrero, de 46 años; y el herido responde al nombre de Azael Rodríguez Guerrero, de 40 años.

El informe de la Policía precisa que los hermanos esperaban un bus en la mencionada dirección, momento en que los abordaron dos sicarios en una motocicleta y les dispararon en reiteradas oportunidades.

Jhonatan murió en el lugar de los hechos a causa de tres disparos que recibió.

Mientras tanto, Azael fue auxiliado y llevado a la Clínica Portoazul, donde se encuentra estable. Registra heridas en hombro y abdomen.

Las autoridades investigan los móviles del ataque para dar con los responsables.

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Condenan a más de 48 años de cárcel a hombre que asesinó a su pareja y a sus dos hijas

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*Durante el proceso, la Fiscalía demostró que los homicidios ocurrieron en un contexto de violencia extrema contra las víctimas por su condición de mujeres.

Un juez de conocimiento condenó a Cristian Camilo Valencia Hurtado a 48 años y 10 meses de prisión por el asesinato de su compañera sentimental y de las dos hijas de la mujer, crimen ocurrido el 24 de marzo de 2026 en un inmueble de la localidad de Bosa, en el sur de Bogotá.

El procesado aceptó su responsabilidad y fue hallado culpable del delito de feminicidio agravado, razón por la cual también se le negó cualquier beneficio o subrogado penal y se le impuso una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años.

Durante el proceso, la Fiscalía demostró que los homicidios ocurrieron en un contexto de violencia extrema contra las víctimas por su condición de mujeres y que los hechos estuvieron precedidos por un ciclo de violencia intrafamiliar y de género.

La investigación permitió acreditar que el ataque se enmarcó en una dinámica de agresiones previas, aspecto que fue tenido en cuenta dentro del proceso judicial para sustentar la responsabilidad del hoy condenado.

Sin embargo, el ente acusador consideró insuficiente la pena impuesta y anunció la presentación de un recurso de apelación para solicitar una sanción más severa.

El fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá argumentó que la dosificación de la condena no resulta proporcional frente a la gravedad de los hechos, al tratarse del feminicidio de tres mujeres, entre ellas una menor de edad.

La Fiscalía sostuvo que la valoración punitiva debe realizarse bajo una perspectiva de género y teniendo en cuenta la magnitud del daño ocasionado.

En ese sentido, solicitó que el superior judicial revise la sentencia y aumente la pena impuesta a Valencia Hurtado, al considerar que los hechos constituyen un caso de extrema gravedad que amerita una respuesta sancionatoria más rigurosa.

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