El ente acusador cuestiona de fondo la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que dejó en libertad al exmandatario y lo absolvió al considerar que no existían pruebas suficientes.
Álvaro Uribe Vélez
La Fiscalía General de la Nación radicó ante la Corte Suprema de Justicia la demanda de casación con la que busca que se revoquen las absoluciones y, en su lugar, se condene al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Con este recurso extraordinario, el ente acusador cuestiona de fondo la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que dejó en libertad al exmandatario y lo absolvió al considerar que no existían pruebas suficientes para acreditar que ordenó ofrecer beneficios a exparamilitares con el fin de que no lo vincularan con la conformación de un grupo armado ilegal.
El antecedente inmediato del caso se remonta a agosto pasado, cuando la jueza Sandra Heredia profirió una sentencia de primera instancia que condenó a Uribe Vélez a 12 años de prisión domiciliaria. Sin embargo, esa decisión fue revertida por el Tribunal Superior de Bogotá, que concluyó que la prueba recaudada no permitía demostrar, más allá de toda duda razonable, la responsabilidad penal del expresidente en los hechos investigados.
En su demanda, la Fiscalía sostiene que la absolución fue el resultado de una valoración errada del acervo probatorio.
A juicio del ente acusador, la decisión del Tribunal se sustentó en una apreciación equivocada de múltiples pruebas practicadas o incorporadas al juicio, que fueron consideradas ilegales pese a su “evidente legalidad”, omitidas de manera integral o analizadas de forma fragmentada. Según la Fiscalía, incluso se habrían tergiversado elementos probatorios o extraído conclusiones contrarias a las reglas de la sana crítica.
Uno de los puntos centrales del recurso de casación se refiere a las interceptaciones telefónicas. La Fiscalía aseguró que la Sala mayoritaria del Tribunal desconoció el principio constitucional de la buena fe al asumir, sin fundamento, que los servidores públicos actuaron con un interés indebido al interceptar el teléfono del expresidente. Para el ente acusador, quedó demostrado que se trató de un error humano y razonable, al confundir la línea telefónica con la de otro investigado, el entonces representante Nilton Córdoba.
En ese sentido, sostuvo que el Tribunal incurrió en un error de derecho por falso juicio de legalidad al declarar ilegales unas pruebas que, según la Fiscalía, eran plenamente legales.