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Fiscalía dio reversa en imputación a director de la UNP por magnicidio de Miguel Uribe

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Cuatro horas antes se había anunciado la imputación por el delito de prevaricato por omisión.

Una sorpresiva reversa dio la Fiscalía en las últimas horas echando atrás la decisión inicial de imputar el delito de prevaricato por omisión al director de la UNP, Augusto Rodríguez Ballesteros, por el magnicidio del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay.

Aparentemente se trataría de un “cruce de competencias” dentro del mismo ente investigador.

La imputación fue anunciada inicialmente por una fiscal de administración pública de la Fiscalía en Bogotá pues Rodríguez Ballesteros “no habría atendido los llamados de protección y de mejora del esquema de seguridad del precandidato Miguel Uribe Turbay».

La funcionaria no tendría competencia para la imputación pues la investigación estaba centralizada desde el búnker de la Fiscalía y liderada por la fiscal Elsa Reyes.

La Fiscalía confirmó que «luego de advertir la competencia integral del Grupo de Tareas Especiales creado para investigar el magnicidio del precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, la Fiscalía 295 de la Unidad de Administración Pública de Bogotá retiró la solicitud de imputación por presunto prevaricato por omisión contra el director de la Unidad Nacional de Protección (UNP), Augusto Rodríguez Ballesteros, y remitió esa indagación a dicho equipo de investigadores».

Añadió que «la fiscal 295 adoptó la determinación para evitar futuras nulidades procesales y permitir la concentración de las diligencias en el equipo especialmente asignado, al conocer los alcances de la Resolución 001683 del 19 de junio de 2025, mediante la cual el director de la Seccional Bogotá, Javier Mauricio Paba Mejía, conformó el “Grupo de Tareas Especiales para la investigación y judicialización de todas las noticias criminales y demás hechos relacionados con el atentado al senador Miguel Uribe Turbay”.

Rodríguez, quien es director de la UNP desde que comenzó el Gobierno del Presidente Gustavo Petro, en agosto de 2022, es uno de los hombres más cercanos al mandatario y fue compañero suyo en la guerrilla del Movimiento 19 de Abril (M-19), desmovilizada en marzo de 1990.

Por el magnicidio de Uribe Turbay han sido detenidas nueve personas, entre ellas el menor de edad que disparó contra el político, quien fue sancionado el 27 de agosto con siete años de privación de la libertad por homicidio en grado de tentativa y porte ilegal de armas de fuego.

El asesinato del senador, quien murió el 11 de agosto tras permanecer dos meses en grave estado, conmocionó al país y ha derivado en una compleja investigación judicial.

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En zona costera de Sucre, incautan 865 kilos de clorhidrato de cocaína

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*En operativo de la Armada Nacional también se incautaron 385 galones de combustible.

Unidades de la Fuerza Naval del Caribe capturaron en flagrancia a un hombre e incautaron 865 kilos de clorhidrato de cocaína en una operación desarrollada en zona costera del departamento de Sucre.

La acción se llevó a cabo en el marco de las operaciones de control y vigilancia adelantadas por la Armada Nacional, orientadas a contrarrestar las actividades ilícitas y el tráfico de estupefacientes en las aguas del Caribe colombiano.

La operación se desarrolló tras detectar una embarcación sospechosa tipo “Go Fast” que navegaba a alta velocidad.

Al notar la presencia de las autoridades en el área, los tripulantes de la motonave sospechosa emprendieron la huida hacia la costa intentando evadir la acción de las autoridades. De manera inmediata, se desplegó una maniobra en tierra para asegurar el punto costero, logrando la captura en flagrancia de un sujeto y la movilización del material ilícito.

Durante el registro y control del sector, se hallaron 29 costales que contenían en su interior 861 paquetes rectangulares con una sustancia que, tras las Pruebas de Identificación Preliminar Homologada -PIPH-, realizadas por las autoridades competentes, arrojó positivo para clorhidrato de cocaína, con un peso neto de 865 kilos.

Así mismo, se incautaron siete canecas con combustible, las cuales contenían 385 galones, así como material tecnológico empleado para la navegación: una antena Starlink, un teléfono satelital, dos GPS, dos radios de comunicación punto a punto, tres teléfonos celulares, dos baterías portátiles, un inversor de corriente, dos cargadores de radio y una carta de navegación.

Con esta incautación se propina un golpe contundente a las finanzas de las organizaciones criminales transnacionales, estimado en más de 40 millones de dólares, y se evitó la distribución de más de dos millones de dosis en las calles del mundo.

El capturado y el material incautado fueron trasladados a la ciudad de Cartagena y puestos a disposición del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación.

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Juzgado ordena suspender la aspersión aérea con glufosinato de amonio en Colombia 

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*Para que el Gobierno remita información de posibles riesgos para la salud de las comunidades de Putumayo, territorio que iba a ser utilizado para un plan piloto.

El Juzgado Promiscuo 003 de Putumayo ordenó al Gobierno Nacional suspender la aspersión aérea con glufosinato de amonio, después de que fuera aprobado un plan piloto para la Policía Nacional en este departamento.

El operador de justicia indicó en la respuesta a la tutela que la medida estará vigente hasta que el Ejecutivo envíe la información que sustenta el uso de este químico.

Se busca establecer posibles riesgos para la salud de las comunidades, fuentes hídricas y cultivos.

El 9 de septiembre el Consejo Nacional de Estupefacientes autorizó un plan piloto para erradicar los cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glufosinato de amonio.

La Organización Mundial de la Salud considera este herbicida «moderadamente peligroso» y en Europa, por ejemplo, no está permitido.

Hay que recordar que en 2017 en Colombia se suspendió la aspersión aérea con glifosato, que es utilizado principalmente para combatir los cultivos de coca.

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Carros ‘caza infractores’ no podrán imponer multas sin un agente de tránsito presente

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El Ministerio de Transporte derogó la Circular 867 del 24 de diciembre de 2025 y emitió la Resolución N° 20263040036655, con lo que establece que los carros ‘caza infractores’ no pueden imponer comparendos sin la presencia de un agente de tránsito. Esto cuando son empleados como apoyo al control en las vías del país.

Desde la cartera indicaron que esta medida va encaminada a hacer del control de tránsito uno preventivo, visible y que proteja las vidas de los colombianos.

Según el Ministerio de Transporte, anteriormente había una «confusión» entre las figuras de cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos utilizados como apoyo a los agentes de tránsito.

Esto permitió que vehículos equipados con cámaras fueran utilizados para detectar infracciones y generar, posteriormente, comparendos, sin contar con la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) exigida para los sistemas de fotodetección.

«La nueva resolución corrige esta situación y establece una regla: si el dispositivo se utiliza como apoyo al control en vía, debe estar presente, visible e identificado un agente de tránsito que opere directamente el equipo y expida el comparendo», apuntó el ministerio.

Si la cámara opera de manera automática, sin la presencia del agente y el comparendo se genera posteriormente, deberá contar con autorización previa de la ANSV y cumplir las condiciones exigidas para los sistemas de fotodetección.

Entre los requisitos se encuentran la justificación técnica, la operación en un punto autorizado y la señalización visible, además de las condiciones establecidas en la normativa vigente.

El Ministerio de Transporte instruyó al SIMIT para que no registre las órdenes de comparendo generadas mediante estos vehículos cuando no se cumplan las condiciones establecidas para su utilización.

A su vez, será la Superintendencia de Transporte la encargada de vigilar el cumplimiento de la medida e investigará a las autoridades de tránsito que utilicen estos sistemas de manera irregular.

«Con esta decisión estamos poniendo orden en las vías: la tecnología debe estar al servicio de la seguridad de los colombianos y el control de tránsito debe cumplir su verdadero propósito: prevenir accidentes y salvar vidas», dijo la ministra de Transporte, Elsa Noguera.

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