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Fiscalía 32 de Patrimonio Económico defendió legalidad del reintegro de Silvia Gette frente a tutela del Ministerio de Educación

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En el marco del proceso por presunto fraude procesal en la Universidad Autónoma del Caribe, la fiscal 32 de Patrimonio Económico, Betzaida Guerra Martínez, radicó una respuesta técnica de 16 páginas ante el Juzgado 16 Penal del Circuito de Barranquilla para sustentar la legalidad de la orden de reintegro de Silvia Gette Ponce a la rectoría.

El documento técnico contradice la acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), calificando algunos de sus argumentos como «ajenos a la verdad» y defendiendo la competencia del juez penal para restablecer derechos conculcados por un delito.

Uno de los ejes centrales de la argumentación de la fiscal Guerra radica en la naturaleza del cargo de Jorge Enrique Senior Martínez, actual rector de la institución. Mientras el Ministerio afirma que Senior fue designado directamente por dicha cartera mediante la Resolución 002081 de 2024, la Fiscalía presentó pruebas de que el rector fue elegido el 9 de marzo de 2026 por el Consejo Superior de la universidad, obteniendo 6 de 9 votos posibles.

La fiscalía resalto una contradicción en el proceder del Ministerio, señalando que en un proceso previo de tutela ante el sindicato, la cartera educativa se desligó de la elección de Senior alegando que fue un acto de autonomía universitaria ajeno a su intervención.

La posición de la Fiscalía se fundamento en la aplicación del Artículo 22 de la Ley 906 de 2004, que obliga a las autoridades judiciales a adoptar medidas para que las cosas vuelvan al estado anterior a la comisión de una conducta punible. Bajo este enfoque profesional, la fiscalía sostiene que:

Vigencia del cargo

La salida de Gette en 2013 fue producto de un fraude procesal y falsedad en documentos, lo que vicia de nulidad los actos posteriores que llevaron al nombramiento de Ramsés Vargas Lamadrid.

Situación penal superada

Silvia Gette ya cumplió la totalidad de su condena previa por abuso de confianza el 11 de julio de 2022, por lo que legalmente no posee inhabilidades vigentes para ejercer cargos administrativos.

Independencia de la vigilancia estatal

La fiscal aclara que la vigilancia especial del MEN es sobre la universidad como persona jurídica y no sobre una persona natural. El cambio de rector no anula las medidas de inspección, el plan de pagos ni el control financiero impuesto por el Estado.

Desde una perspectiva estrictamente procesal, la fiscal Guerra Martínez solicitó declarar la improcedencia de la tutela del Ministerio. Argumenta que el accionante pretende usar la acción constitucional para adelantarse al resultado de un recurso de apelación ordinario que aún está en curso, lo que desnaturaliza el carácter residual de la tutela.

La fiscalía concluye que no existe una «vía de hecho» por parte del juez de garantías, sino un cumplimiento del deber constitucional de proteger a las víctimas y garantizar que el delito no sea fuente de derechos legítimos. Según el documento aportado, el restablecimiento del derecho debe actuar como la herramienta definitiva para corregir los efectos de un fraude que ha perdurado por más de una década en la institución académica.

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