El Juzgado Único Promiscuo de Familia de Fundación (Magdalena) confirmó la sanción impuesta a Jerson Eduardo Torres Saldaña, representante legal de la Sociedad de Economía Mixta SOPREMAVI, por incumplir un fallo de tutela que lo obligaba a responder de manera integral un requerimiento, radicado el representante de la veeduría “Unidos por el municipio”.
El caso tuvo origen en la tutela concedida el 4 de julio de 2025 por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Fundación, que ordenaba a SOPREMAVI responder en un plazo de 48 horas una solicitud de información relacionada con el convenio interadministrativo suscrito con el Instituto de Tránsito y Transporte de Fundación – INTRASFUN.
No acató la orden judicial
Sin embargo, el representante legal de la entidad no acató plenamente la orden. Aunque el 20 de agosto remitió una respuesta formal al peticionario, omitió adjuntar el documento clave del convenio, lo que configuró un cumplimiento parcial e insuficiente de lo ordenado por el juez.
En consecuencia, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal sancionó a Torres Saldaña por desacato el 19 de agosto de 2025, medida que ahora fue ratificada en consulta por el juez Antonio José Escobar Restrepo, del Juzgado de Familia de esa localidad.
La providencia judicial enfatizó que el desacato compromete la responsabilidad disciplinaria y eventualmente penal del representante legal, dado que la negligencia en el cumplimiento de una tutela vulnera de forma directa derechos fundamentales.
Más allá de la formalidad judicial, este caso vuelve a exponer a SOPREMAVI como una entidad cuestionada por la falta de transparencia en su gestión y por su reiterada negativa a entregar información pública de interés ciudadano.
El llamado a los Órganos de Control
Ante esta situación, se impone un llamado urgente a la Procuraduría General y Fiscalía General de la Nación para que investiguen a fondo la conducta del representante legal y las actuaciones de SOPREMAVI, que con su resistencia a los fallos judiciales amenaza no solo la vigencia de los derechos fundamentales, sino la confianza en la institucionalidad.