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Procurador expide normativa para proteger a los animales en el país

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Conmina a alcaldes, gobernadores y ministerios a cumplir las leyes de bienestar animal y advierte que la omisión puede acarrear faltas disciplinarias.

El Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, expidió la Directiva 012 de 2026, la cual constituye la intervención preventiva más amplia de la Procuraduría en materia de protección animal, esta decisión responde a los incumplimientos sistemáticos detectados en numerosas administraciones territoriales frente a leyes en materia de Protección y Bienestar Animal.

La Directiva contiene 22 disposiciones dirigidas a alcaldes, gobernadores, 5 ministerios, asambleas, concejos y Juntas Defensoras de Animales, entre las medidas más relevantes se encuentran: la implementación inmediata de jornadas de esterilización, incluyendo la estrategia de Captura, Esterilización y Retorno (CER) para animales sin hogar; la creación o puesta en operación de centros de bienestar animal en cada municipio, con un plazo de 90 días para presentar un plan de acción ante la PGN; la formulación inmediata del Plan de Centros Regionales de Bienestar Animal (CRBA) por parte de gobernadores y alcaldes que aún no lo hayan hecho; y la creación del Fondo Municipal de Protección Animal.

En materia de justicia, se ordena capacitar a los inspectores de policía para aplicar el Proceso Verbal de Maltrato Animal e implementar el Curso de Sensibilización previsto en la Ley Ángel, la Directiva también conmina al Ministerio de Ambiente a expedir de manera inmediata la Ruta de Atención al Maltrato Animal (pendiente desde octubre de 2025) y al Ministerio de Educación a incorporar contenidos sobre bienestar animal y tenencia responsable en los currículos escolares.

Para vigilar el cumplimiento, la Directiva crea la Mesa Nacional de Seguimiento coordinada por la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios, con participación de los ministerios, las entidades territoriales, las Juntas Defensoras de Animales y las organizaciones de protección animal.

Todas las entidades destinatarias deben reportar semestralmente sus avances.

La Procuraduría advierte que el incumplimiento de estas obligaciones por omisión o negligencia administrativa pueden configurar faltas disciplinarias conforme a la Ley 1952 de 2019 y sus modificaciones previstas en la Ley 2094 de 2021. Proteger a los animales no es opcional: es una obligación legal que el Estado colombiano debe cumplir en todos los rincones del territorio.

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