Fundación Magdalena

Juzgado requiere al Contralor Carlos Hernán Rodríguez y al gerente Jorscean Maestre Toncel por desacato a fallo de tutela

Published

on

*La justicia advirtió incumplimiento real de una orden del Tribunal Superior y concedió 48 horas para obedecerla, bajo advertencia de sanciones personales.

El Juzgado Cuarto de Familia Oral del Circuito de Santa Marta profirió un contundente auto judicial mediante el cual requirió al Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, y al Gerente Departamental Colegiado del Magdalena, Jorscean Federico Maestre Toncel, por el incumplimiento material, real y sustancial de un fallo de tutela emitido por el Tribunal Superior de Santa Marta.

La decisión, adoptada el 3 de febrero de 2026, se produce dentro de un incidente de desacato promovido por un ciudadano del municipio de Fundación, Magdalena, quien denunció que la Contraloría General de la República no acató de fondo la sentencia de tutela proferida el 3 de diciembre de 2025 por la Sala Cuarta de Decisión Civil–Familia del Tribunal, la cual había revocado un fallo de primera instancia.

Según el despacho judicial, la Contraloría se limitó a informar que el asunto había sido trasladado a la Procuraduría General de la Nación, sin demostrar que dicho órgano hubiese asumido efectivamente competencia, ni certificar la existencia real de una investigación disciplinaria, su estado procesal, actuaciones concretas o responsables identificados. Para la jueza, este proceder no satisface la orden judicial, pues sustituye el cumplimiento sustancial por respuestas genéricas, abstractas y meramente formales.

El auto señala además que la entidad requerida eludió el deber constitucional de informar de manera clara, específica y verificable, desnaturalizando el alcance del fallo de tutela y vulnerando el derecho fundamental de petición del accionante.

Ante este escenario, el juzgado aplicó el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 y requirió al Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, para que, en su calidad de superior jerárquico, conmine al gerente departamental colegiado del Magdalena, Jorscean Federico Maestre Toncel, a cumplir estrictamente la orden judicial dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación del auto.

La providencia advierte que, de persistir el incumplimiento, el despacho procederá a abrir formalmente el incidente de desacato, con la eventual imposición de sanciones personales, incluidas multas y arresto, conforme a la ley.

Este pronunciamiento judicial refuerza el principio según el cual las órdenes de tutela son de obligatorio cumplimiento, incluso para los más altos organismos de control del Estado, y que no pueden ser reemplazadas por actuaciones evasivas o dilatorias, independientemente del rango del funcionario requerido.

Tendencias

Salir de la versión móvil