Judicial

Juzgado niega beneficio a ‘Epa Colombia’ que le iba permitir trabajar y redimir su pena

Published

on

De acuerdo con el fallo judicial, Barrera no cumple con los criterios exigidos por esta norma, al no acreditarse que se encontrara en situación de marginalidad al momento de cometer los delitos por los que fue condenada.

El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá le negó a Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia ’, la posibilidad de acogerse al beneficio de la Ley de Utilidad Pública, mecanismo que le habría permitido cumplir su pena con trabajo social teniendo salidas autorizadas de la cárcel El Buen Pastor de Bogotá.

De acuerdo con el fallo judicial, Barrera no cumple con los criterios exigidos por esta norma, al no acreditarse que se encontrara en situación de marginalidad al momento de cometer los delitos por los que fue condenada, durante las protestas del paro nacional de 2019. La juez concluyó que su entorno familiar y social no reflejaba condiciones de vulnerabilidad extremas que pudieran justificar su conducta.

El despacho resaltó que, aunque enfrentó dificultades económicas en su infancia, Barrera contó con respaldo familiar y accedió a educación media.

Además, se valoró su trayectoria como creadora de contenido digital y empresaria , reconociéndola como una figura pública con posibilidades de empleo y estabilidad económica, lo cual descartaría la existencia de una marginalidad estructural

Tendencias

Salir de la versión móvil