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Gobierno reglamentó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24: esto dice la nueva normativa

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La Superintendencia Nacional de Salud emitió una nueva circular con directrices claras para que las EPS, IPS, entidades territoriales y otras entidades vigiladas garanticen la prestación óptima del servicio de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

Esta circular actualiza la número 003 de 2013 sobre la garantía del acceso, calidad e integralidad en la prestación de este servicio de salud en Colombia.

“Es importante avanzar en circulares como esta, que nos permitan garantizar el derecho fundamental de la salud a todas las personas y acompañar los procesos que tienen que generar transformación a nivel social para que estos derechos realmente logren ser efectivos”, expresó el Superintendente Nacional de Salud, Luis Carlos Leal Angarita durante la firma de la circular externa, realizada con participación de grupos de mujeres de Bogotá y, de manera remota, de Antioquia, Atlántico, Boyacá y Nariño.

Desde la organización Causa Justa celebraron esta reglamentación del Gobierno como “un nuevo avance por la protección del derecho al aborto y la autonomía reproductiva”, en cumplimiento de los estándares establecidos por la Corte Constitucional en las sentencias C-055 de 2022, C-355 de 2006 y SU-096 de 2018.

“Esperamos que los prestadores y demás actores del sistema de salud acaten las instrucciones establecidas en la circular. No hay excusa para no hacerlo”, señalaron desde Causa Justa.

Las directrices del Gobierno fueron impartidas sobre las Empresas Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Prestadores de Servicios de Salud (IPS), Entidades de Aseguramiento en Salud (EAS), incluyendo las indígenas, entidades pertenecientes a los regímenes especial, adaptadas y de excepción, y el fondo de salud de la población privada de la libertad.

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