El Juzgado Tercero Penal Municipal con funciones de control de garantías de Barranquilla emitió un fallo de primera instancia en respuesta a una acción de tutela interpuesta por William Andrés Galindo Carbonell, mas bconocido como Lyan Galindo, representado por su abogado, Juan Carlos Zamora Calleja, contra Salud Total EPS. La acción fue presentada debido a la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la salud y a la vida del demandante.
William Andrés Galindo Carbonell, diagnosticado con síndrome de Tourette y trastornos por tics motores y vocales múltiples combinados, requiere el medicamento Tetrabenazina 25 mg como parte de su tratamiento. Aunque Salud Total EPS le expidió una orden para reclamar el medicamento en Audifarma Barranquilla, al intentar retirarlo el 2 de diciembre de 2024, se le informó que este se encontraba agotado.
El fallo ordena a Salud Total EPS:Tutelar los derechos fundamentales a la salud y a la vida de William Andrés Galindo Carbonell.
- Suministrar el medicamento Tetrabenazina 25 mg en un plazo máximo de 48 horas tras la notificación de la decisión, garantizando la entrega puntual y sin dilaciones. El juzgado resaltó la obligación de las entidades de salud de garantizar la continuidad en el tratamiento de pacientes con diagnósticos crónicos o condiciones complejas, como el síndrome de Tourette, para evitar afectar su calidad de vida y bienestar.
Desde los 9 años, Lyan enfrentó un diagnóstico de síndrome de Tourette, un trastorno neurológico caracterizado por tics involuntarios. Este desafío transformó su vida, exponiéndolo a episodios de depresión, bullying e incomprensión.
Sin embargo, encontró en la música su refugio y «analgésico natural». Descubrió que al tocar la guitarra y escribir canciones, los tics desaparecían, lo que le permitió canalizar sus emociones y fortalecer su pasión por el arte.